Lázaro Elizalde Soto y Ana Arillo
En representación de Junta de Coordinación de la Asociación para la Defensa de la Salud Pública de Navarra (ADSPN)

La ley que necesitamos para garantizar el sistema público de salud

La Ley Foral de Salud (LFS) de 1990 necesita una renovación urgente, ya que no responde a los cambios demográficos y sociales actuales. Es necesario un nuevo marco legal que garantice un sistema de salud universal, equitativo, público y sostenible. Sin embargo, el borrador presentado no cumple con estos propósitos, pese a una declaración de motivos adecuada. Aquí destacamos los aspectos que son, a nuestro entender, más preocupantes.

Principios para garantizar derechos

El proyecto de ley no explica cómo garantizará las prestaciones definidas ni cómo eliminará las barreras de acceso al sistema público de salud, especialmente para los colectivos más vulnerables. Por otra parte, aunque derechos como la eutanasia o la interrupción voluntaria del embarazo están regulados, la ley no asegura su prestación desde el ámbito público. Tampoco se compromete a garantizar que la ciudadanía pueda expresarse y ser atendida en euskera.

Determinantes sociales de la salud

La salud es un derecho humano que debe garantizarse, permitiendo a todas las personas alcanzar el mayor nivel de bienestar posible. Esto implica trabajar sobre los determinantes sociales de la salud, que abarcan desde las condiciones de vida y trabajo hasta el acceso a servicios públicos, culturales y ambientales. La ley necesita un enfoque global que integre la asistencia sanitaria y la salud pública, con un énfasis en la igualdad entre mujeres y hombres, y en reducir desigualdades sociales y territoriales.

Un enfoque como One Health (Una sola salud), que vincula la salud de personas, animales y medio ambiente, debería estar integrado. También es imprescindible adoptar una perspectiva interdepartamental para llevar la salud a todas las políticas públicas mediante una comisión interdepartamental, algo que el borrador omite.

Financiación del sistema público de salud

El borrador no incluye compromisos concretos para garantizar una financiación suficiente. Deberíamos aspirar a niveles presupuestarios similares a los de regiones con condiciones económicas comparables, mediante compromisos plurianuales. La eficiencia del sistema pasa por fortalecer la atención primaria, pero sin asignarle un mínimo del 20% del presupuesto, no es posible implementar las reformas necesarias. El actual modelo hospitalocéntrico debería reorientarse hacia un papel de apoyo a la atención primaria.

También sería fundamental asignar porcentajes mínimos del presupuesto a investigación y formación del personal, áreas que actualmente carecen de recursos adecuados.

Organización territorial

El proyecto propone un área única de salud sin justificar esta decisión en términos organizativos ni presentar garantías para evitar la centralización excesiva. También introduce los distritos de salud, que podrían acercar los servicios a las distintas realidades sociales y económicas, pero los define de manera vaga. Es necesario aclarar su papel como apoyo a la atención primaria y su relación con los equipos de atención primaria.

La atención primaria no está suficientemente definida, ni se concreta la cartera de servicios básicos ni el compromiso comunitario que debería ser central. En cuanto a la atención hospitalaria, el proyecto no detalla su modelo organizativo ni su cartera de servicios, quedándose lejos de las necesidades actuales, que demandan mayor flexibilidad y una orientación centrada en las personas.

Liderazgo y gestión pública

El borrador no especifica quién garantizará el cumplimiento de los objetivos ni desde qué instancia se ejercerá la planificación, organización y evaluación de las políticas de salud. Propone transformar el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra en entidades públicas empresariales, sin justificar esta modificación jurídica. Este modelo podría facilitar la privatización, limitar derechos laborales y reducir el control social sobre los presupuestos.

La ley debería priorizar la provisión de servicios mediante estructuras propias, recurriendo al sector privado solo de forma subsidiaria. Preservar la salud pública no debe convertirse en un negocio.

Gobernanza , participación y transparencia

El modelo de gestión actual es jerárquico y obsoleto. La nueva ley debería apostar por una dirección participativa y colegiada que incluya las perspectivas de profesionales, pacientes y personas usuarias. También debería garantizar transparencia en el nombramiento de personal directivo.

Es necesario revitalizar los órganos de participación del sistema, dotándolos de funciones decisorias y representación social en defensa del sistema público. Además, deben establecerse mecanismos claros para asegurar que las prestaciones se cumplen, los principios rectores se aplican y se evalúan los resultados.

Autonomía organizativa y gestión del personal

El texto no incluye criterios para una gestión autónoma y eficaz del personal sanitario. Es fundamental modificar el Estatuto del Personal Sanitario y extenderlo a la totalidad de quienes trabajan en el sistema público, evitando problemas derivados de pertenecer a otros departamentos. Esto garantizaría una gestión más eficiente y adaptada a las necesidades del sistema.

Conclusiones

La necesidad de una nueva Ley Foral de Salud es evidente, pero el borrador actual no responde a los retos sociales y demográficos ni garantiza la salud de todas las personas. Es imprescindible que la ley incluya:

1. Un compromiso explícito con el derecho a la salud, basado en una visión integral que destaque los determinantes sociales como fuente de desigualdad.

2. Una perspectiva de salud pública transversal en todo el sistema.

3. Un fortalecimiento de la atención primaria, con financiación suficiente, funciones claras y un papel central en el sistema, reduciendo al mismo tiempo el consumo excesivo de medicamentos y la dependencia del modelo hospitalario.

4. Un marco que garantice los derechos laborales del personal, su desarrollo profesional y un compromiso con el sistema público.

5. Límites claros a la colaboración con agentes externos, asegurando que esta sea subsidiaria y no genere beneficios.

Una ley verdaderamente transformadora debe priorizar el bienestar de las personas, consolidar la equidad y sostenibilidad del sistema público de salud, y adaptarse a las necesidades del presente y del futuro.

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