¿Para cuándo la normalización del euskara?
Una persona acude al Ararteko cansada y frustrada, pues su médico de familia no le atiende en euskara, su lengua de elección, a pesar de tener acreditado el perfil C1 (EGA). Osakidetza contesta oficialmente que la profesional tiene el euskara oxidado por falta de uso y no es capaz de atender en ese idioma. Otros padres de un pueblo euskaldun de 20.000 habitantes me cuentan que a sus hijos los dos pediatras del pueblo con perfil C1 solo les atienden en castellano y los padres hacen de traductores hasta que los niños con 4 años empiezan a hablar castellano. En otros ámbitos, como la policía o la justicia, algunos vascoparlantes me señalan que ni se plantean solicitar atención en euskara porque saben que solo les traerá dificultades. La elección de la lengua no es un capricho descartable. Forma parte inherente de la personalidad de cada persona. La utilización de la lengua debería ser un requisito mínimo de calidad en la prestación de servicios públicos en una comunidad bilingüe como la vasca.
Los datos de la VII encuesta sociolingüística publicada en 2024 reflejan el respaldo social que suscitan las políticas de normalización del uso del euskara en Euskadi, así como el consenso acerca de la consecuente necesidad de acreditar el conocimiento del euskara en el acceso al empleo público (tres de cada cuatro vascos y vascas lo apoyan).
Son indudables los avances que se han producido en nuestra sociedad respecto al conocimiento del euskara y su mayor presencia en ámbitos urbanos y formales. No obstante, existe aún una distancia enorme entre el conocimiento de la lengua y su uso cotidiano, específicamente en los servicios públicos, que es el ámbito que más incumbe a mi labor como Ararteko. Entre otras cosas, corresponde, en efecto, a esta institución velar por los derechos lingüísticos de la ciudadanía vasca en sus relaciones con las administraciones y servicios públicos de la CAE. Esos derechos derivan del régimen de doble oficialidad lingüística.
Este régimen legal fue establecido constitucional y estatutariamente a partir de 1978. La Ley de Normalización del Uso del Euskara, adoptada en 1982, fue aprobada con uno de los mayores consensos sociales y parlamentarios de nuestra historia. Su artículo 5.2 establece el «Derecho a relacionarse en euskara o en castellano oralmente y/o por escrito con la Administración y con cualquier Organismo o Entidad radicado en la Comunidad Autónoma».
Este derecho ha vertebrado la tramitación de la mayoría de las quejas, las cuales han consistido en personas que acuden al Ararteko al no ver garantizado su derecho a ser atendidos en euskara en los servicios públicos, produciéndose en muchas ocasiones una discriminación por razón de la elección de la lengua.
Dicha ley tiene como objetivo la normalización del euskara, considerada jurídicamente como lengua minoritaria frente al castellano; así lo determina también la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, en vigor en nuestro ordenamiento jurídico desde 2001, que establece en el artículo 7.2 que «La adopción de medidas especiales en favor de las lenguas regionales o minoritarias destinadas a promover una igualdad entre los hablantes de dichas lenguas y el resto de la población no se considerará un acto de discriminación con los hablantes de las lenguas más extendidas».
Esto significa que es la propia norma internacional la que legitima las políticas públicas de normalización del euskara destinadas a corregir la desigualdad de partida del uso del euskara frente al castellano.
El Ararteko, en la tramitación de las quejas en todos estos años, ha tenido en cuenta la progresividad y adaptabilidad legal de la normalización del euskara como lengua minoritaria analizando en cada caso el grado de desarrollo de los planes de normalización lingüística para poder determinar el grado de exigencia en cuanto a la materialización del derecho a ser atendido en euskara en las mismas condiciones que en castellano, que constituye el objetivo final de los procesos de normalización lingüística.
Esto supone que, tras más de cuatro décadas de procesos de normalización lingüística progresiva, en aquellos casos en los que se haya concluido el proceso en cuanto a un puesto público con un perfil lingüístico preceptivo, las administraciones públicas vascas deben garantizar el derecho de la ciudadanía a ser atendida en euskara, pues de otro modo dicho sistema carecería de su sentido original. De ese modo, la acreditación de un perfil lingüístico tiene por objeto garantizar la capacidad de desempeño de dicho puesto de trabajo en euskara al igual que otros requisitos de desempeño profesional del mismo, pues dicha obligación de acreditación tiene su correspondencia legal en el derecho de la ciudadanía a recibir dicho servicio en euskara.
Tras más de 40 años de políticas de normalización del euskara como lengua minoritaria, el Ararteko considera que ha llegado el momento de exigir con plenitud que cualquier ciudadano o ciudadana de nuestra comunidad pueda ser atendido en cualquiera de las dos lenguas oficiales en los servicios públicos con normalidad y comodidad, sin sufrir ninguna discriminación o carga adicional por la elección de la lengua. Hoy, esta exigencia se ha convertido en un requisito inaplazable e ineludible para un cumplimiento cabal del derecho a una administración vasca de calidad, respetuosa con los principios de eficacia y cercanía.