Eguzki Urteaga
Profesor de Sociología (UPV/EHU)

Sistema judicial y euskara en el Estado español

Las últimas sentencias judiciales de los Tribunales Superiores de Justicia del País Vasco y de Navarra, así como del Tribunal Constitucional español, lo más a menudo contrarias al uso preferente de la lengua vasca en la administración pública local y a la consideración del conocimiento del euskara como requisito o merito en el acceso a la función pública territorial, han puesto de manifiesto la euskarafobia persistente en el sistema judicial, tanto autonómico como estatal. Conviene recordar, a ese propósito, que la noción de euskarafobia proviene del concepto de glotofobia elaborado por el sociolingüista Philippe Blanchet para designar la estigmatización de una lengua que conduce a su discriminación, esta última provenga de las administraciones públicas, de los actores sociales o de ambos a la vez.

Lo cierto es que los jueces, magistrados y fiscales españoles han heredado una historia marcada por la participación activa de la judicatura en la represión franquista a través de los consejos de guerra y los tribunales especiales, antes de serlo vía el Tribunal de Orden Público que colaboró activamente con la Brigada Político Social, y una cultura profesional, a la vez corporativista, conservadora y nacionalista española, intolerante hacia las lenguas minoritarias y desfavorable a su fomento. A su vez, en virtud del artículo 66.2 de la Constitución y de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 16/1994, su nombramiento no está exento de consideraciones políticas, dado que los miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo General del Poder Judicial son elegidos, en gran medida, por el Parlamento y el Ejecutivo central. Por último, su escaso dominio del euskara es palpable, de modo que la inmensa mayoría de los juicios en la CAV y en la CFN se desarrolle en castellano y el apego de la judicatura a la lengua vasca sea más bien escaso.

No en vano, tanto la Constitución española, los Estatutos de Autonomía de Gernika y de Nafarroa como las leyes autonómicas relativas a la lengua de Etxepare, tales como la Ley 10/1982 Básica de Normalización del Uso del Euskara y la Ley Foral 18/1986 del Euskara, no solamente confieren un estatus de cooficialidad a la lengua vasca en el conjunto del territorio (en la Comunidad Autónoma Vasca) o en su parte vascoparlante (en la Comunidad Foral de Navarra), sino que, además, reconocen una serie de derechos lingüísticos a los locutores de la lengua vasca, especialmente en sus relaciones con las administraciones públicas, sean estatales, autonómicas, forales o municipales, lo que implica el conocimiento del euskara por parte de los funcionarios y empleados públicos. Además, el euskara y su fomento son objeto de un consenso social creciente, tal y como lo muestran las encuestas sociolingüísticas realizadas desde 1991. En la CAV, por ejemplo, «el porcentaje de las personas a favor de la promoción del uso del euskara ha aumentado 12 puntos entre 1991 y 2021».

Todo ello no ha impedido la sucesión de sentencias judiciales contrarias a dichos derechos, a la hora de reconocer el conocimiento del euskara como requisito o mérito en las oposiciones de acceso a la función pública territorial o de permitir el uso preferente de la lengua propia del territorio en las administraciones municipales, incluso en los municipios donde el uso de la lengua vasca es ampliamente mayoritario. Las sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que anulan parcialmente el artículo 6.2 de la Ley 2/2016 relativa a las Instituciones Locales de Euskadi así como varios artículos y apartados del Decreto de aplicación de dicha Ley, son buena prueba de ello.

Estas decisiones son generalmente ratificadas por el Tribunal Constitucional. Así, el Alto Tribunal considera que el apartado segundo del artículo 6 de la Ley 2/2016 relativa a las Instituciones Locales de Euskadi «quiebra el equilibrio lingüístico entre las dos lenguas cooficiales al condicionarse el uso del castellano al desconocimiento del euskara». Se deduce de ello que los hispanohablantes son víctimas de discriminaciones lingüísticas cuando son los vascoparlantes, tal y como lo muestran las distintas encuestas sociolingüísticas y las quejas recibidas tanto por el Servicio para la Garantía de los Derechos Lingüísticos Elebide en la CAV como por Hizkuntz Eskubideen Behatokia en el conjunto de los territorios vascos.

La sucesión de sentencias en un breve periodo de tiempo ha encendido todas las alarmas, hasta el punto de suscitar la inquietud de las asociaciones de municipios vascos Eudel y UEMA, provocar la aprobación de una moción de rechazo del Parlamento Vasco por considerar que estas sentencias «atentan contra la revitalización del euskara», estar en el origen de los recursos judiciales presentados por los servicios jurídicos del Gobierno Vasco, generar las críticas de los partidos nacionalistas vascos y provocar la movilización de la sociedad civil organizada. A ese propósito, la manifestación multitudinaria del pasado 4 de noviembre en las calles de Bilbao, convocada por Euskalgintzaren Kontseilua, merece una mención especial, por la participación de 70.000 personas y por beneficiarse del apoyo de una pluralidad de actores políticos, sindicales y sociales de diversas sensibilidades.

No en vano, la actitud euskarófoba no es específica al sistema judicial español, dado que es igualmente perceptible en el Hexágono. De hecho, la sentencia n.º 2021-818 del 21 de mayo de 2021 del Tribunal Constitucional francés sobre la Ley relativa a la protección patrimonial de las lenguas regionales, más conocida como Ley Molac, censurando dos artículos relevantes por considerarlos anticonstitucionales, ha generado igualmente una viva reacción política y ciudadana en los territorios en los cuales se practican estas lenguas, entre los cuales se encuentra Iparralde. Aludiendo al artículo 2 de la Constitución gala, que estipula que la lengua de la República es el francés, y haciendo una lectura restrictiva de la misma, pone en cuestión, entre otros aspectos, el modelo de inmersión lingüística en las lenguas minorizadas como el euskara.

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