BERTA GARCIA
CONSUMO

Cláusulas suelo (VII)

Los colectivos de afectados por las claúsulas suelo en sus hipotecas siguieron la máxima de «sin prisa, pero sin pausa» cuando emprendieron su lucha contra el abuso de poder de la banca. Una batalla que parecía perdida debido a la desigual correlación de fuerzas, literalmente un David contra Goliat, pero la paciencia y la tenacidad han dado sus frutos.

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) dictó sentencia el pasado 28 de julio; una resolución que viene a decir lo siguiente: primero, que el Estado es responsable y, por tanto, tendrá que indemnizar a los particulares contra los que el juez haya resuelto «infringiendo manifiestamente el derecho aplicable o en contra de una jurisprudencia reiterada del Tribunal de Justicia en la materia». En segundo lugar, que en materia de cláusulas abusivas se recuerda que es a partir de la sentencia de 4 de junio de 2009 (caso Pannon) cuando el TJUE establece de manera imperativa, sin opción a cualquier otro tipo de facultad derivada de la legislación estatal, que los jueces pertenecientes a los estados miembros tienen la obligacion de examinar los contratos que afecten a los consumidores y que se les presenten en los distintos procedimientos. Y finalmente, que las reglas relativas al procedimiento de reclamación de la indemnización, así como la valoración de los daños causados y objeto de reparación económica, habrán de ser reguladas por el derecho estatal de cada estado miembro.

En conclusión: En virtud de la citada sentencia prejudicial del TJUE, quien haya recibido una resolución judicial desfavorable a sus intereses, al aplicársele cláusulas abusivas que no fueron eliminadas de oficio con posterioridad al 4 de junio de 2009, podrá iniciar, tras la valoración de los daños y perjuicios, la correspondiente reclamación por responsabilidad patrimonial del Estado. Con la regulación que tenemos actualmente, el plazo para dicha reclamación es de un año. Es decir, hasta el 27 de julio de 2017.*

*(Fuente: Carmen Jiménez, abogada. Recogido en www.idealista.com/news/finanzas/hipotecas/2016/09/12/743488/)