BERTA GARCIA
CONSUMO

Sistemas de alarmas

La instalación de sistemas de alarmas en las viviendas está en auge. Ello es debido tanto al incremento de robos –estando ocupada la vivienda por sus dueños o con ellos ausentes– como por una necesidad legítima de reforzar la seguridad de nuestra privacidad.

Si se toma la decisión de colocar sistemas de alarmas domésticas, hay que tener presente que en la adquisición de este tipo de bienes de consumo concurren dos aspectos diferentes de cara al contrato. Por un lado, las cámaras de vigilancia y el resto de los materiales en la instalación quedan jurídicamente contemplados en la normativa de consumo sobre contratos de bienes de naturaleza duradera; es decir, aquellos que sin consumirse van perdiendo utilidad por el uso y desgaste. A todo el sistema material de alarma se le aplicarán las normas de garantía de los bienes ante la falta de conformidad con el producto: defectos de fabricación, mal funcionamiento, piezas que fallan, etc.

Por otro lado, por lo general, la compra de sistemas de alarma suele ir vinculada en el contrato al mantenimiento del sistema mediante revisiones presenciales periódicas. Es decir, al arrendamiento de un tipo de servicios que en su aspecto normativo también está recogido en la ley de defensa del consumidor o usuario. La empresa encargada del mantenimiento deberá estar homologada por las administraciones competentes en materia de seguridad y está obligada a entregar al usuario el manual de instrucciones del sistema de alarma instalado, así como el certificado de revisión presencial preceptiva –al menos una al año–.

El otro aspecto importante de este tipo de instalaciones está relacionado con la naturaleza del servicio que cumplen como sistema de seguridad; es decir, el flujo de señales percibidas y emitidas a la central receptora de alarmas. En este sentido, como pueden darse distintas modalidades en el tipo de servicios que se contratan y según el alcance de cada modalidad, deberán ajustarse a las exigencias legales de la normativa de industria y telecomunicaciones que les fuera aplicable.