BERTA GARCIA
CONSUMO

Barrida de cláusulas

Hemos tenido un buen comienzo de año. Loterías aparte, al menos una de las noticias que se ha producido antes de cerrar 2016 ha sido positiva: tras seis largos años de padecer el vaivén de informaciones jurídicas sobre la legalidad o no de las «cláusulas suelo», el Tribunal de Justicia europeo (TJUE) ha dado la razón a los perjudicados.

La sentencia, que es inapelable, señala «la nulidad absoluta de la cláusula suelo en las hipotecas y la imposición de efectos universales e inequívocos de la devolución de todo lo cobrado de forma fraudulenta». En este caso toca mover ficha a quienes tienen el deber de salvaguardar los intereses y derechos de todos los ciudadanos y no solo de parte de ellos.

Ante el gran calado de esta sentencia, es conveniente estar atentos por si algún ministro intenta bordear la legalidad. Las organizaciones de usuarios alertan al respecto, como es el caso de la asociación ADICAE: «Medidas paliativas, como los códigos de buenas prácticas, no son de aplicación a este caso, en el que se exige la aplicación inmediata de la Justicia, y no a conductas empresariales voluntarias o graciables».

La organización vasca de consumidores (EKA-ACUV) va más allá y señala a su vez que «hay que tener en cuenta que también puede reclamarse la nulidad de otras cláusulas: la cláusula por la que se impone un interés moratorio que supere en más de dos puntos el interés remuneratorio; la que impone los gastos de escrituración al consumidor, etc.».

Hay un viejo dicho que asegura «que el tiempo pone a cada cual en su sitio» y, aunque se puede volver a las prácticas de malos hábitos, de momento la escoba mágica europea ha hecho su trabajo en dos barridos. Se puede reclamar «todo» (con carácter retroactivo) y pueden reclamar «todos». Es de esperar que nadie se quede en la estacada.

Por otro lado, no es descabellado pensar que se intentarán reparar las pérdidas financieras que este grave escándalo le ha supuesto a la banca y a sus padrinos.