
El Tribunal Constitucional español comenzará el próximo 22 de septiembre a estudiar los recursos de amparo presentados por dirigentes del procés contra la negativa del Tribunal Supremo a aplicarles la Ley de Amnistía, después del aval del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) a la medida de gracia.
Según ha informado la corte de garantías este martes, comenzará con el recurso de amparo interpuesto por el secretario general de Junts, Jordi Turull, en un pleno cuyo ponente será el magistrado José María Macías. El resto se señalará «en los plenos sucesivos», entre ellos el del president Carles Puigdemont.
El Tribunal Constitucional acordó el año pasado admitir a trámite el recurso de amparo presentado por Turull contra el ‘no’ del Supremo a amnistiarle la malversación del procés. Al igual que el exvicepresident Oriol Junqueras y los exconsellers Raül Romeva y Dolors Bassa, cuyos recursos de amparo ya fueron admitidos a trámite, Turull impugnaba dos resoluciones del Supremo: en la que se le denegó la aplicación de la amnistía; y en la que el tribunal confirmó su decisión al rechazar su súplica.
Y, de la misma forma que ellos, solicitó como medida urgente que se le dejara en suspenso la pena de inhabilitación para ejercer cargo público, que llega hasta 2030, ya que es la única que queda vigente tras los indultos a las penas de prisión. El dirigente de Junts basó su recurso de amparo en supuestas vulneraciones del principio de legalidad penal (artículo 25.1 de la Constitución) y del derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1).
El TC accedió a estudiar su recurso de amparo al apreciar «una especial trascendencia constitucional, puesto que plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina» y porque «el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales».
Y es que la justicia europea avaló la semana pasada la Ley de Amnistía, al establecer en dos sentencias vinculantes que la norma no choca con el Derecho de la Unión Europea, ni afecta a sus intereses económicos.
Un boicot a SCC, «no amnistiable»
Por su parte, un juez de Barcelona ha condenado a penas de hasta dos años de cárcel a ocho independentistas que en mayo de 2018 crearon un «clima de pánico» que obligó a suspender un acto de la entidad españolista Sociedad Civil Catalana (SCC) en la Universidad de Barcelona, en un caso que no ve amnistiable, al sostener que en este caso los hechos no encajan con los supuestos recogidos en la ley.
No obstante, atribuye a los condenados la agravante de «discriminación por motivos ideológicos», al resaltar que la «ideología antagónica» entre ambos grupos fue determinante, de forma que su actuación estuvo motivada «sola y exclusivamente» por el hecho de que Sociedad Civil Catalana había organizado un acto cultural en la UB.
En un comunicado, Alerta Solidària, que ha ejercido la defensa de varios de los acusados, denuncia el «increíble ejercicio» por parte del juez de no aplicarles la amnistía pese a su ideología y, a la vez, condenarles con la agravante de «discriminación por motivos ideológicos». Ante esta situación, la organización antirrepresiva ha anunciado que presentará de inmediato un recurso de apelación.
Fiscalía urge a amnistiar a los encausados por gastos
Por su parte, la Fiscalía ha pedido al Tribunal de Cuentas que amnistíe «de forma urgente» a los encausados por los gastos del 'procés', al considerar «innecesario e improcedente» que se plantee no aplicarles la ley tras la sentencia de la justicia europea.
La Fiscalía ha respondido, en cuestión de 24 horas, a la petición que el Tribunal de Cuentas hizo ayer a acusaciones y defensas para que se pronuncien sobre la «posibilidad» de no amnistiar los gastos del 'procés', si se prueba que se sufragaron con fondos de la Unión Europea.
Para la Fiscalía del Tribunal de Cuentas, el trámite de alegaciones es «improcedente e innecesario», teniendo en cuenta que tanto el TJUE como el Abogado General de la UE «descartan que se hayan utilizado fondos comunitarios» en el 1-O y en la promoción exterior del 'procés'.
Destrucción del material del 1-O
Asimismo, este martes, la Sala que enjuició el ‘procés’ ha desestimado los recursos de súplica interpuestos por Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y Raül Romeva contra la providencia por la que no se oponía a la destrucción del material intervenido durante el 1 de octubre de 2017, solicitada por los Mossos d’Esquadra, aunque ordenaba que se conservaran una o dos muestras de cada uno de los efectos intervenidos.
En su recurso, Puigdemont se oponía a la destrucción y pedía que, «dado el valor testimonial, histórico y patrimonial de los efectos intervenidos», le fueran entregados en su condición de expresident de la Generalitat de Catalunya «para recibirlos en calidad de depositario, a los exclusivos fines de su adecuada custodia, conservación y preservación, al considerarlos elementos indisociables de legado histórico, institucional y memorial de Catalunya».
Sin embargo, el tribunal desestima los recursos y responde que «es obvio, en primer lugar, la improcedencia de la entrega de los objetos intervenidos en esta causa al Sr. Puigdemont, que, como señala la Abogacía del Estado, no ostenta título dominical, legitimación patrimonial ni competencia pública para la conservación de aquellos».
En segundo lugar, señala la Sala que, «como refleja la resolución recurrida, la destrucción autorizada preserva suficientemente la posibilidad de que, en otras causas, fuera preciso el examen del material intervenido, puesto que deberán conservarse las muestras correspondientes a estos efectos».
Denuncia del Reino de España ante la Comisión Europea por incumplir la ley de Amnistía
Puigdemont, y los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig han presentado un escrito a la secretaría general de la Comisión Europea a través del cual denuncian al Reino de España por el incumplimiento de la ley de amnistía tras pronunciarse la semana pasada el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Según el escrito que ha avanzado 'Vilaweb', el abogado Gonzalo Boye ha denunciado que se ha suspendido de facto el plazo para dictar la amnistía reabriendo un trámite de alegaciones que no solo considera innecesario, sino que asegura que contraviene la sentencia del TJUE.
Así, insta a la Comisión Europea a actuar con urgencia «dada la naturaleza del incumplimiento y su incidencia sobre medidas cautelares que gravan a los denunciantes en más de 9,5 millones de euros».
En la denuncia también recuerda que el Tribunal de Cuentas publicó una providencia este lunes en la que recogía las indicaciones de la sentencia del TJUE, pero evitaba aplicar la ley de amnistía inmediatamente, si bien también concedía 10 días a las partes.
En este sentido, el escrito de denuncia destaca que la actitud del Tribunal de Cuentas ha vulnerado el artículo 4 del tratado de la Unión sobre la cooperación leal, según el cual los estados miembros deben evitar que sus órganos tomen decisiones que pongan en peligro los objetivos de la Unión Europea y la aplicación de las sentencias dictadas por el TJUE.
«El incumplimiento deliberado de una sentencia del Tribunal de Justicia por un órgano jurisdiccional de un Estado miembro, acompañado de su tergiversación pública mediante una nota de prensa oficial, afecta al valor del Estado de Derecho en que la Unión se fundamenta», recoge la denuncia.

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