NAIZ
Madrid

El Gobierno español aprueba este martes el anteproyecto de la ley trans

Aunque se la denomina coloquialmente «ley trans», la futura norma afectará también en algunos aspectos a personas bisexuales y lesbianas. El borrador que aprobará este martes el Gobierno de Pedro Sánchez reduce el cambio de sexo en el Registro Civil a un mero trámite administrativo.

La Federación Plataforma Trans reclama que la nuev ley sea aprobada por unanimidad en el Parlamento español.
La Federación Plataforma Trans reclama que la nuev ley sea aprobada por unanimidad en el Parlamento español.

El anteproyecto de ley trans que aprobará este martes el Gobierno español dispone que a partir de los 14 años cualquier persona podrá cambiar la indicación sobre su sexo en el Registro Civil con un trámite administrativo, sin pruebas ni testigos, mientras que las de 12 y 13 años necesitarán una autorización judicial.

El borrador, que llega al Consejo de Ministros tras meses de ardua negociación, despatologiza a las personas trans y acaba con las tutelas de terceros para que éstas cambien el sexo y el nombre en el Registro. Bastará tan solo su voluntad para ello, por lo que se reconoce la autodeterminación del género.

Las principales medidas del anteproyecto:

- Cambio de sexo en el Registro Civil: cualquier persona a partir de los 14 años podrá solicitar la modificación de la mención registral del sexo y su nombre. Entre los 14 y los 16 años deberán ser asistidos por sus representantes legales; en caso de disputa, se nombrará a un defensor judicial.

Las personas de 12 y 13 años necesitarán una autorización judicial para cambiar el sexo, para lo que tendrán que promover un expediente de jurisdicción voluntaria asistidos por sus representantes legales.

- Cualquier menor podrá solicitar el cambio de nombre en el Registro, sin pruebas ni testigos.

- Proceso administrativo para el cambio de nombre y sexo, que durará un máximo de cuatro meses: las personas trans tendrán que rellenar un formulario en el Registro Civil para indicar la disconformidad con el sexo asignado al nacer y solicitar el cambio.

A los tres meses tendrá que volver para ratificar esa decisión y en el plazo máximo de un mes el Registro deberá dictar la resolución efectiva.

- Libre determinación del género y despatologización: la voluntad de la persona será el único requisito para el cambio, se acaban así los informes médicos y la necesidad de tutelas médicas y legales.

- La ley prohíbe las terapias de conversión, aversión o contracondicionamiento destinadas a modificar la orientación, identidad o expresión sexual.

- Garantiza a lesbianas, bisexuales y personas trans el acceso a técnicas de reproducción asistida.

- Modifica el Código Civil para que las mujeres lesbianas y bisexuales puedan proceder a la filiación de sus hijos sin necesidad de estar casadas.

- En el caso de los bebés intersexuales, se prohíben las cirugías de modificación genital al nacer y da a los padres un plazo de 12 meses antes de inscribir su sexo en el Registro.