
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha declarado improcedente el despido de un trabajador de Correos Express Paquetería Urgente que estuvo como falso autónomo desde 1992 y ha condenado a la empresa a readmitirlo o indemnizarlo con más de 89.000 euros.
El trabajador habría recibido, en diciembre de 2023, una comunicación de la empresa en la que se le señalaba que, para continuar prestando servicios con la compañía, debía firmar un nuevo contrato mercantil. Ante las condiciones que se recogían en el mismo, el trabajador decidió no firmarlo y denunciar a Correos Express por despido, según ha informado el sindicato UGT.
La sentencia que da la razón al trabajador se apoya en que la delimitación de la actividad no la realiza este, sino que viene otorgada y configurada por la empresa. El tribunal explica que es la empresa la que le encomienda los servicios, la que marca unas franjas horarias previamente y establece unos márgenes de disponibilidad para el demandante prácticamente inexistentes, entre otras cuestiones. Señala además que «no existe ni libertad de gestión de los cometidos, ni estos son realmente organizados por el demandante».
Los servicios jurídicos de UGT argumentaron además que el trabajador vestía uniforme de la compañía, prestaba servicios de lunes a viernes en el centro de trabajo de la empresa y esta le proporcionaba una PDA para el registro de la paquetería. Por todo ello, el TSJPV ha considerado que existe una «relación laboral encubierta» y determina que la extinción contractual constituye un despido improcedente.

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