
El TEDH ha vuelto a condenar al Estado español y dejado en evidencia al juez Manuel Marchena. El entonces presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo impuso penas de tres años de prisión a los manifestantes que participaron en 2011 en ‘Aturem el Parlament’ (Paremos el Parlament) contra los recortes del gasto público, una protesta en la que bloquearon el acceso a la Cámara.
Para el tribunal europeo, esas penas son «desproporcionadas» y con ellas el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional vulneraron la libertad de expresión y de reunión, recogidas en los artículos 10 y 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
La demanda la presentaron en diciembre de 2021 cuatro vecinos de Barcelona, Rubén Molina Marín, Ángela Bergillos Alguacil, Francisco José Cobos García y Carlos Munter Domec, condenados por un delito contra las altas instituciones del Estado. No llegaron a pisar la cárcel y la pena está prescrita, pero han cargado durante todo este tiempo con la condena colgada del cuello.
El fallo llega quince años después de los hechos. En el mismo, Estrasburgo desmonta la doctrina de la «violencia ambiental» que Marchena construyó en 2015 para condenar a los manifestantes a los que la Audiencia Nacional española había absuelto previamente porque no habían cometido ningún acto violento. El único que discrepó de aquella absolución en la Audiencia fue el hoy ministro español de Interior, Fernando Grande-Marlaska.
Cuando el caso llegó al Supremo, Marchena tampoco encontró ningún delito, pero resolvió que bastaba con un «clima coactivo», una «atmósfera intimidatoria» a la que los acusados habrían contribuido levantando las manos, plantándose de brazos cruzados o coreando consignas.
Respuesta del TEDH
A este respecto, Estrasburgo recuerda que los tribunales no atribuyeron a los cuatro demandantes ninguna acción violenta concreta y, como no hubo violencia, no puede haber condena contra manifestantes pacíficos «en una sociedad democrática». Además, Estrasburgo recuerda que «una persona no deja de gozar del derecho a la libertad de reunión pacífica a consecuencia de actos de violencia esporádicos u otros actos punibles cometidos por terceros durante la manifestación».
Así, justifica su apreciación al señalar que «la severidad de las penas impuestas, (...) no podían sino tener el efecto de disuadirles, así como al público en general, de asistir a manifestaciones y, de manera más general, de participar en un debate público abierto». Se trata, por tanto, del chilling effect norteamericano, el efecto desaliento que se produce cuando el miedo al castigo lleva a la gente a renunciar a ejercer un derecho.
Con aquel fallo, el Supremo criminalizaba la protesta pacífica y cerraba la puerta a cualquier forma de desobediencia civil en plena ebullición del «procés» catalán.
Con todo, el TEDH no justifica ni aprueba la actitud de los manifestantes. El tribunal reconoce que impedir el funcionamiento de una institución democrática como un Parlament es reprobable, y admite que un Estado de derecho puede responder. Lo que niega es que pueda hacerlo con el código penal cuando la protesta es pacífica.
La sentencia de Estrasburgo vincula y obliga, de modo que a partir de ahora deberá presidir cómo interpretan los tribunales españoles cualquier causa por protesta social.
Y remite, además, a otra sentencia. Para condenar por sedición a los dirigentes del 1 de octubre de 2017, un delito que exigía violencia, Marchena recurrió a las actitudes intimidatorias, las miradas de odio y los «muros humanos» que repitieron fiscalía y policías durante el juicio, sin que constaran actos violentos concretos.
Por eso el independentismo mira este fallo como un anticipo de lo que el tribunal europeo pueda decir sobre las demandas que siguen pendientes contra la sentencia del 1 de octubre de 2017.

«No voy a ser candidato, vuelvo feliz a mi trabajo como médico»

Adiós a Juan Mari Feliu, referencia del montañismo, del antifranquismo y del abertzalismo

Lekeitioko Antzar Eguna bertan behera geratu da 20 urteko gazte bat kaian hil ondoren

Se entrega en Ondarroa el autor del homicidio de Azpeitia

