
El Tribunal Superior de Justicia de la CAV (TSJPV) entiende que el chalet propiedad del exfutbolista de la Real Sociedad y actual entrenador del Chelsea, Xabi Alonso, levantado en el monte Igeldo de Donostia cumple con «los parámetros constructivos fijados por la normativa».
En una sentencia a la que ha tenido acceso la agencia Efe, el TSJPV estima los recursos de apelación interpuestos por el Ayuntamiento de Donostia y la sociedad Tavaro XXI contra la sentencia de primera instancia en la que un juzgado donostiarra entendía que la licencia concedida a la edificación incumplía la Ley de Suelo y Urbanismo de la CAV.
Todo ello, en respuesta a una demanda interpuesta por varios grupos ecologistas contra el consistorio por «permitir la construcción» de esta vivienda que ellos consideraban «ilegal» y por lo que ya en 2022 solicitaron al Consistorio la demolición de este edificio, la suspensión de la obras, la anulación de las licencias y la «restitución total de la zona».
El juzgado, en su resolución inicial, reclamaba que el chalet de Igeldo debía construirse conforme a los parámetros de la licencia concedida para la reconstrucción de un caserío expropiado en otro punto de la ciudad por las obras del tren de alta velocidad.
Guardar «respeto» a la vivienda original
El titular del caserío consiguió licencia municipal, originalmente, para levantar una réplica de su caserío de Martutene en Igeldo, tras la mencionada expropiación. Finalmente no construyó, y vendió la parcela y la licencia a un segundo propietario, que a su vez se la transmitió en mayo de 2018 a la sociedad Tavaro XXI.
La nueva construcción debía guardar, según el juzgado donostiarra, «el mayor respeto posible» a la vivienda original, algo que a su entender no sucedió «en modo alguno». Entre otros argumentos, señalaba que la cubierta de la edificación debía ser «inclinada a dos, tres o cuatro aguas», mientras que la que finalmente se llevó a cabo era «plana».
El Tribunal resuelve ahora que la Ley del Suelo «no impone la exigencia de un aspecto determinado de las edificaciones», sino que solo «se ha de procurar que la tipología de la nueva construcción se adecue a la arquitectura tradicional de la zona». Según el tribunal, las diferentes ordenanzas tampoco exigen que «la cubierta sea inclinada a dos, tres o cuatro aguas».
El TSJPV determina, además, que «al ser imposible replicar una edificación desaparecida por expropiación y no existir imperativos legales de tipología tradicional rural, la obra cumple íntegramente con los parámetros y estándares constructivos y paisajísticos exigidos por el marco normativo vigente».
Sentencia no firme
Así, el tribunal estima los recursos de Tavaro XXI y el Consistorio donostiarra, revoca la sentencia apelada y declara «la conformidad a derecho de la resolución administrativa recurrida, confirmándola». La sentencia, fechada el pasado 13 de octubre, no es firme, ya que aún es posible presentar un recurso de casación en su contra en el plazo de treinta días.
En este sentido, Ieltxo Kultur Elkartea y Haritzalde ya han presentado una serie de alegaciones, a las que ha tenido acceso Efe, en las que recuerdan al TSJPV que la sentencia original dejó sin analizar varios de sus argumentos contrarios a la construcción del chalet.
Aclaran, además, que la jurisprudencia actual «exige pronunciarse sobre los argumentos no resueltos en primera instancia». Entre ellos, cita un supuesto incumplimiento del Plan Territorial Sectorial Agroforestal, de los tiempos de plazos y de publicidad, así como la existencia de un exceso de sótanos y la ausencia de accesos, entre otras supuestas irregularidades.
En enero, la Fiscalía ya archivó la causa contra el acceso al chalet, que respondía a la denuncia de Ekologistak Martxan y Haritzalde por «por prevaricación y usurpación de bienes públicos» por el camino de acceso al depósito de aguas de Txalin.
El Ayuntamiento, satisfecho
El Ayuntamiento de Donostia ha recibido «con satisfacción» la sentencia de TSJPV) y ha destacado que avala la actuación municipal.
«La resolución confirma de manera clara el buen hacer del Departamento de Urbanismo y de sus técnicos, lo que demuestra que el Consistorio actuó en todo momento conforme a la legalidad», ha destacado la concejal del área, Nekane Arzalluz, en una nota.
La edil elogia «el rigor, la dedicación y la profesionalidad con la que trabaja el personal técnico municipal», cuyo criterio, resalta, «queda plenamente respaldado por este fallo judicial».

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