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DONOSTIA

El juez exige al grupo Cevital mejorar su oferta para adquirir las marcas de Fagor

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia ha desestimado la solicitud de venta de las marcas de Fagor Ireland al grupo Cevital en los términos en los que se había formulado, pero abre la puerta a su compra si sube el precio y hace una oferta firme por unidades de negocio de la cooperativa vasca.

Sede de Fagor en Arrasate. (Raúl BOGAJO/ARGAZKI PRESS)
Sede de Fagor en Arrasate. (Raúl BOGAJO/ARGAZKI PRESS)

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia ha desestimado la solicitud de venta de las marcas de Fagor Ireland al grupo argelino Cevital en los términos en los que se había formulado, pero abre la puerta a su compra si sube el precio y hace una oferta firme por unidades de negocio de la cooperativa vasca.

El juez Pedro José Malagón ha fijado en un auto dictado hoy un precio de 35 millones por las marcas de Fagor, 10 millones más que lo ofertado por el grupo empresarial argelino, y además describe una serie de plazos para su pago.

Además, establece que la compra de las marcas debe estar acompañada de una «oferta firme y vinculante, no sujeta a plazo temporal» sobre determinados «activos propiedad de las sociedades de nacionalidad española» de Fagor Electrodomésticos.

En su auto, en primer lugar el juez considera de interés para el concurso de acreedores cerrar la venta de las marcas antes de que se inicie la fase de liquidación en el Estado francés, ya que el grueso de la actividad de Fagor Ireland, propietaria de las marcas, está relacionada con la actividad de las filiales galas Fagor Brandt y Fagor France, por lo que «el posible cese de actividad y liquidación de tales sociedades puede afectar al valor de las marcas».

El auto da la razón a la Abogacía del Estado, que se opuso a la venta de las marcas de Fagor, al entender que el precio de 25 millones ofertado por Cevital no se corresponde con el valor que pueden tener estos activos, y alude al inventario presentado en la solicitud de concurso, en el que se sitúa la valoración de estas marcas en 67 millones de euros.

No obstante, el juez entiende que la situación concursal de la cooperativa vasca «debe tener incidencia en la valoración de activos intangibles» y recuerda que en este tipo de procesos «nunca se obtiene» el precio de mercado.

También da la razón a la Abogacía del Estado respecto a la forma y garantías de pago, por lo que, en su parte dispositiva, establece que se abonen los 35 millones al contado o en plazos que partirían del pago de la mitad (17,5 millones) en el momento de la compraventa y el resto en otros tres plazos que finalizarían el 31 de marzo de 2017.

El juez admite que los 35 millones fijados, aunque son 10 más que los ofertados, constituyen un precio inferior al que supuestamente podrían valer las marcas de Fagor, pero añade que esto se podría compensar en parte «con la existencia de una oferta firme y vinculante respecto a activos en España».