NAIZ
IRUÑEA

El voto particular señala que la actuación del guardia civil fue «contradictoria» e «innecesaria»

El presidente de la Sección Segunda de la Audiencia de Nafarroa, Francisco Cobo, que ha emitido un voto particular contra la decisión de mantener en libertad al guardia civil de ‘La Manada’ considera «contradictoria» e «innecesaria» la actuación del condenado en relación al intento de obtener el pasaporte y remarca que la disponibilidad de este documento «hubiera incrementado de forma exponencial las posibilidades de elusión de la acción de la justicia».

Antonio Manuel Guerrero, el guardia civil de ‘La Manada’, sale de la Audiencia tras una de las sesiones del juicio. (Iñigo URIZ/FOKU)
Antonio Manuel Guerrero, el guardia civil de ‘La Manada’, sale de la Audiencia tras una de las sesiones del juicio. (Iñigo URIZ/FOKU)

En su voto particular al auto en el que sus dos compañeros de tribunal rechazan el reingreso en prisión de Antonio Manuel Guerrero, solicitado por la Fiscalía y las acusaciones, el magistrado Francisco Cobo, presidente del tribunal, sostiene que la actuación del guardia civil es «contradictoria» con la prohibición de salir del Estado español, con obligación de hacer entrega del pasaporte, que establecieron para la puesta en libertad condicional de los cinco miembros de ‘La Manada’.

En su opinión, «la actividad del procesado se muestra como innecesaria para cumplimentar la disposición de este tribunal, además de que no se verificó con la pulcritud y carácter diáfano del que le trata de revestir su defensa, como actuación exclusivamente dirigida a obtener información sobre la situación en la que se encontraba el pasaporte, a fin de presentarlo en su caso ante este tribunal».

Para el magistrado, de haber conseguido la disponibilidad del pasaporte, «sin duda alguna, incrementa razonablemente las posibilidades de riesgo de fuga, tratándose este de un pronóstico incierto, siempre inseguro, pero cuya probabilidad se incrementa de modo exponencial, mediante la posesión del documento en cuestión».

Asimismo, el presidente del tribunal subraya que «desde la puesta en práctica de su libertad provisional», el guardia civil de ‘La Manada’ «tenía pleno conocimiento de la prohibición de obtención de un nuevo pasaporte». Y considera que «no se acomoda a la realidad la versión mantenida por su defensa, relativa a que la exclusiva pretensión era la de obtener información sobre las gestiones que debía realizar en relación con la presentación del pasaporte ante esta Sala».

«Guerrero conocía la prohibición de obtención de un pasaporte, tan solo cuando surgió la alerta manifestó a la funcionaria que le estaban pidiendo el pasaporte en el Juzgado y no tenía interés en obtenerlo», argumenta el magistrado.

En este contexto, pone de relieve «la falta de transparencia en la realización de las gestiones» por parte de Antonio Manuel Guerrero y aunque ve «comprensible» la actuación de sus familiares para tratar de localizar su pasaporte, considera que ello «no justifica la ocultación de las gestiones, realizadas en orden a procurar la disponibilidad de este documento, incluso a sus letrados».

«Cabe considerar acreditada por tanto la voluntariedad en la obtención de forma subrepticia del pasaporte, iniciada con una extraordinaria celeridad, inmediatamente después de su puesta en libertad provisional», añade el magistrado.

A su juicio, «frente a lo argüido por su letrado defensor, no se puede acoger la alegación de que mediante las pruebas practicadas queda acreditado tan solo un exceso de celo por parte de Guerrero en cumplir las obligaciones impuestas en un auto riguroso».

Por otro lado, en su voto particular, Francisco Cobo considera «obvio» que esta «incidencia» por su «relevancia» debió «ser puesta de inmediato en conocimiento de este tribunal y no facilitada al conocimiento general, a través de la publicación de un tweet, el jueves 28 de junio en la página oficial del Cuerpo Nacional de Policía, que no correspondía a la realidad de lo acontecido».