BERTA GARCIA
CONSUMO

Tren y autocar

Será porque a nivel de precios resulta más económico o porque nos hemos vuelto más mirados con la cuestión medioambiental, pero el ferrocarril y el autobús son dos de los tipos de transporte más requeridos en Semana Santa. Además, hay que añadirles otras ventajas, ya que ambos son dos de los servicios de movilidad que menos reclamaciones originan. Aún así, como personas consumidoras, debemos conocer nuestros derechos.

Tratándose de viajes se pueden producir cancelaciones o retrasos. Así, si hemos elegido el autocar y se produce una cancelación o retraso superior a 120 minutos en viajes de más de 250 kilómetros, se podrá elegir entre continuar el viaje en un transporte alternativo o el reembolso del billete y el regreso al punto de partida. Si no se ofrece la posibilidad de proseguirlo, además del reembolso del billete deberá abonarse una indemnización del 50% del mismo. Estas posibilidades se contemplan en el Reglamento nº 181/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de febrero de 2011 sobre los derechos de los viajeros de autobús y autocar.

En caso de que se produzca una avería durante el desplazamiento, deberá facilitarse la continuación del mismo o el transporte hasta un punto de espera a partir del cual pueda seguir viaje. Si este tiene una duración prevista de más de tres horas, en caso de cancelación o retraso en la salida de más de 90 minutos, se ofrecerá al viajero comida, alojamiento y traslado hasta el mismo, prestando atención especial a personas con discapacidad y/o con movilidad reducida.

Si el usuario opta por el tren y se produce un retraso superior a 60 minutos, podrá elegir entre continuar el viaje en un transporte alternativo o el reembolso del billete y el regreso al punto de partida. Si sigue el viaje tendrá derecho a una indemnización del 25% del billete por retraso entre 60 y 119 minutos y del 50% a partir de 120 m.

Según el RD 2387/2004, la indemnización será del 50% si el retraso supera la hora, y del 100% si supera la hora y media. En caso de cancelación tendrá derecho a la devolución del importe del billete. Si se produjese 48 horas antes podrá elegir entre un transporte alternativo o la devolución del coste del billete. Si se informase cuatro horas antes, podrá exigir una compensación del doble del billete.