Aritz INTXUSTA
IRUÑEA

Multan a la empresa del camionero al que un ertzaina mató a tiros en Leitza

La pyme en la que trabajaba el camionero al que un ertzaina disparó mortalmente en Leitza ha recibido una sanción de 2.046 euros por no haber sometido al conductor a un test psicosocial. Las asociaciones de transportistas muestran su «indignación» por esta multa.

La Federación Nacional de Asociaciones del Transporte de España (Fenadismer) ha reaccionado con «indignación» ante una polémica acción de la Inspección de Trabajo de Nafarroa, después de que un ertzaina matara de un disparo al conductor de un camión a raíz de una discusión de tráfico. En el acta, que contiene errores de calado en cuanto a lo ocurrido, Inspección de Trabajo hace corresponsable del suceso a la empresa familiar en la que trabajaba el conductor granadino, multándola por no haber sometido al trabajador a un test psicosocial para asegurarse de que sabía manejarse en situaciones de estrés.

Este acta, que confunde al ertzaina con policía foral, se refiere a lo ocurrido como un «accidente de trabajo», pese a que en los juzgados se está tramitando el caso como un delito de asesinato con la agravante de alevosía. Al entenderlo como un «accidente», Inspección de Trabajo responsabiliza parcialmente del suceso a la empresa y dice que el conductor carecía de formación suficiente para manejarse en situaciones de estrés y que no evaluó sus reacciones en momentos de tensión.

La versión que da de los hechos el inspector de Trabajo es la que trasladó el ertzaina y toma como única fuente artículos de prensa. Así, relatan que el camionero (Jesús Madrigal) «empezó una controversia de tráfico con otro conductor». Después, se hicieron señas colocándose en paralelo por la autovía A-15. Posteriormente, dice que ambos pararon en la calle Elbarren de Leitza (fue realmente en la misma salida de la autopista), donde la discusión siguió hasta que el ertzaina, que no estaba de servicio, sacó una pistola y acabó con la vida del camionero. Los sucesos se produjeron en junio.

Inspección de Trabajo reclama a la empresa del fallecido 2.046 euros por, teóricamente, no haber formado al camionero sobre cómo manejar situaciones como esta. No obstante, la empresa ha presentado un recurso contra esta sanción, aportando documentación acreditativa de los cursos y de que se había cumplido con todos los requistos relativos a la prevención de riesgos. De prosperar la multa, los 2.046 tendrán que ser abonados por la empresa a la Hacienda Foral.

El inicio de las investigaciones del caso, por el que se encarceló de modo preventivo al ertzaina tras su detención, cuestionan la veracidad de testimonio del policía. Así, el acusado aseguró que el arma se le disparó de modo fortuito, pero el juez no le cree dado que estaba familiarizado con el arma y, sobre todo, porque no coincide con el relato de testigos oculares.

En concreto, estos testigos han relatado ante el juez que el ertzaina apuntó a la cabeza del camionero empuñando el arma con las dos manos y le disparó. Asimismo, añaden que el agente, que vivía en la localidad navarra de Tiebas, no cruzó ninguna palabra con el camionero antes de disparar. De hecho, se bajó del coche ya con el arma en la mano.

Además de no haber ofrecido una versión que el juez considere creíble, el ertzaina también se ha declarado insolvente de cara a asumir las indemnizaciones.