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Calparsoro cree que el TS deberá habilitar a Otegi

El fiscal superior de la CAV, Juan Calparsoro, afirmó ayer que la Audiencia Nacional tendría que haber especificado para qué cargos públicos está inhabilitado Arnaldo Otegi, porque eso es lo que especifica «muy claro» el Código Penal. Calparsoro entiende que una inhabilitación para ser candidato tras su la salida de prisión supondría «cumplir otra pena» cuando los propios tribunales no han cumplido con lo que establece claramente la normativa.

El Código Penal es «muy claro» y dice que la sentencia tiene que especificar el cargo público al que afecta la inhabilitación impuesta a una persona y en el caso de la condena de la Audiencia Nacional contra Arnaldo Otegi, esto no se ha producido. Esto es lo que afirmó ayer el fiscal superior de la CAV, Juan Calparsoro, aunque aclaró que al final tendrá que ser el Tribunal Supremo quien tome una decisión.

En todo caso, Calparsoro –entrevistado en Onda Vasca– especificó que la decisión del Supremo habrá de ser «conforme a su propia jurisprudencia y a criterios que rigen en derecho penal» que deben proteger lo derechos fundamentales de cualquier persona, «incluida una persona que como Otegi va a salir de prisión y va a extinguir sus responsabilidades penales en breve». El fiscal entiende que el TS deberá explicar si Otegi «va tener que seguir cumpliendo otra pena [la de inhabilitación] respecto a la cual no se ha cumplido lo que dice el Código Penal, que es que se especifique el cargo público».

Debió hacerse en la sentencia

El fiscal superior tiene muy claro que la Audiencia Nacional tenía que haber especificado para qué cargos públicos estaba inhabilitado Arnaldo Otegi. «Se puede pensar que implícitamente se podía entender, pero es que hay que decirlo, no se puede presumir o suponer a qué cargos se está refiriendo», señaló.

Sobre la decisión que prevé del TS, Calparsoro señaló que el «derecho penal tiene unos principios y un principio es que no cabe hacer una interpretación contra el reo, una interpretación extensiva de las privaciones de derecho». «Y aquí se está hablando de un derecho fundamental, que es el de ejercer cargos públicos», concluyó.

Recordó que la propia Fiscalía General ya se ha pronunciado recientemente apuntando que no se puede «extender ni aplicar esta pena cuando no se ha especificado el cargo público al que afecta». Es lo ocurrido con el parlamentario Iker Casanova.

Indicó Calparsoro que son temas «muy sensibles», que «levantan ampollas» y que hay «muchas personas que no entienden que los tribunales no especifiquen».

Giménez critica las penas en «antiterrorismo»

El magistrado del Tribunal Supremo Joaquín Giménez criticó ayer la prisión permanente revisable y recordó que el Estado español tiene las prisiones efectivas más largas de toda la Unión Europea para delitos de terrorismo, superiores a las de los países donde hay cadena perpetua.

En una conferencia ofrecida en Arkaute ante ertzainas, lamentó las sucesivas reformas del Código Penal –32 desde que entró en vigor en el año 1996– y criticó la «precipitación» con la que, a su juicio, se ha aprobado la última modificación. Según Joaquín Giménez, «aumentar las penas, establecer límites difusos entre lo que es delito y lo que no, y primar el concepto de seguridad» sobre otros es algo que requiere «más reposo» que el empleado.

El magistrado del Tribunal Supremo explicó que el Código Penal es «la ley más importante en cualquier sociedad democrática después de la Constitución» y opinó que la introducción de la prisión permanente revisable «ni era necesario ni es conveniente», pero lamentó que «había que acallar no sé qué voces». GARA