Iker BIZKARGUENAGA
BILBO
CRISIS DEL CORONAVIRUS

El Gobierno español y Cs pactan una distancia de seguridad menos segura

La distancia mínima de seguridad que durante el estado de alarma hemos tenido fijada en dos metros pasará a ser de metro y medio a partir del 21 de junio, no por un criterio sanitario sino porque así lo ha pactado el Gobierno español con Ciudadanos para ampliar el aforo de los locales. Es una de las medidas del decreto de la «nueva normalidad».

El Consejo de Ministros aprobó ayer el decreto de la llamada «nueva normalidad», que sucederá al estado de alarma probablemente a partir del día 21 y que se mantendrá mientras dure la crisis sanitaria. Un periodo indeterminado durante el cual, a diferencia de lo ocurrido hasta ahora, la distancia mínima de seguridad no será de dos metros sino solo de metro y medio.

Se trata de un cambio que no es menor y que no responde a criterios sanitarios, sino que se debe al pacto alcanzado por el Gobierno de Pedro Sánchez con Ciudadanos y que tiene como objetivo ampliar los aforos, por ejemplo en los locales de hostelería. Fue el portavoz parlamentario de la formación naranja, Edmundo Bal, quien informó del acuerdo en Twitter, donde se felicitó porque la norma legal «incluye nuestras aportaciones y es imprescindible para seguir luchando contra el coronavirus y reactivar la economía».

Descartada casi por completo la opción de que el virus reduzca su movilidad para adecuarla al decreto, habrá que confiar en que desde el punto de vista sanitario no haya tanta diferencia entre un metro y medio y dos metros, pero el mensaje que se traslada a la ciudadanía al reducir en medio metro la distancia mínima no casa con los llamamientos a ser prudentes que se lanzan desde las instituciones.

Declaración obligatoria

La referencia, por tanto, pasa a ser de metro y medio a la hora de fijar hasta dónde llega el deber de portar tapabocas, una obligación que se extiende a la vía pública, a los espacios al aire libre y a los espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público. Su incumplimiento será sancionado con multas de hasta cien euros.

Asimismo, portar mascarilla será necesario en los medios de transporte aéreo y marítimo, en autobús y en el ferrocarril, mientras que en transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas –incluido el conductor–, este dispositivo higiénico será obligatorio si los ocupantes del vehículo no conviven en el mismo domicilio.

Igualmente, el decreto contempla la adopción de medidas de prevención e higiene en el entorno laboral, como la ordenación de los puestos de trabajo o la organización de turnos para evitar aglomeraciones, así como en establecimientos comerciales, en centros residenciales de carácter social o en las actividades de hostelería y restauración.

La norma aprobada por el Ejecutivo también establece que las residencias de ancianos deberán tener preparados planes de contingencias para posibles rebrotes, y otorga especial importancia a la detección precoz del covid-19, que será una enfermedad de declaración obligatoria.

En este sentido, se introduce el deber de las comunidades autónomas de suministrar información cuando se produzcan situaciones de emergencia para la salud pública, al objeto de garantizar la coordinación entre las distintas autoridades sanitarias. Además, deberán facilitar los datos para el seguimiento y vigilancia epidemiológica, así como la situación de la capacidad asistencial y necesidades de recursos humanos y material.

Del mismo modo, los servicios de salud autonómicos garantizarán que en todos los niveles de la asistencia, y de forma especial en la atención primaria, se le realizará a todo caso sospechoso una prueba diagnóstica por PCR u otra técnica de diagnóstico molecular, tan pronto como sea posible desde el conocimiento de los síntomas, así como que toda la información se transmita en tiempo y forma.

Por su parte, los establecimientos, medios de transporte o cualquier otro lugar, centro o entidad pública o privada en los que las autoridades sanitarias identifiquen la necesidad de realizar trazabilidad de contactos, tendrán obligación de facilitar la información de que dispongan relativa a la identificación y datos de contacto de las personas potencialmente afectadas.

Sin asimetrías en la salida

El decreto cita también la necesidad de garantizar la disponibilidad de mascarillas quirúrgicas, geles hidroalcohólicos y otros productos sanitarios necesarios para la protección de la salud. En este sentido, siguiendo el esquema de gestión centralizada que ha regido durante el estado de alarma, el stock o las cantidades suministradas de los medicamentos considerados esenciales para la gestión de la crisis tendrá que ser comunicado a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), para garantizar su abastecimiento a nivel estatal.

Lo mismo ocurrirá con las actividades deportivas. El ministro de Sanidad, Salvador Illa, explicó por ejemplo que las medidas de prevención en el regreso de la ligas profesionales de fútbol y de baloncesto estarán fijadas por el Consejo Superior de Deportes (CSD), «previa consulta con los organizadores, las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Sanidad». «No puede ser que en unos sitios se haga de una forma y en otros de otra», indicó el ministro, siguiendo el criterio marcado por Cs, cuyo portavoz había defendido que no se aplique «ningún tipo de privilegio» y que se celebren «en régimen de igualdad».

De hecho, ese café para todos sanitario afectará también a la salida del estado de alarma. Esta no será asimétrica, como se había sugerido, sino conjunta, el día 21 para todas las comunidades, según adelantó el ministro, si no hay grandes cambios en la evolución de la pandemia.