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El Estado suspende el recurso que presentó contra el Decreto de Salud Sexual y Reproductiva de Nafarroa

El Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa ha acordado, mediante un auto del 3 de mayo, suspender, a petición de la Asesoría Jurídica del Gobierno de Nafarroa, el procedimiento judicial iniciado por la Abogacía del Estado en Nafarroa frente al Decreto Foral 103/2016 de Salud Sexual y Reproductiva, suspensión a la que la Abogacía del Estado ha dado ahora la conformidad.

Cabe recordar que el pasado 24 de enero, la Abogacía del Estado en Nafarroa recurrió en vía judicial el Decreto Foral de Salud Sexual y Reproductiva al entender que las prestaciones establecidas en dicha norma no podían ser prestadas a las personas con derecho a la asistencia en virtud de la Ley Foral 8/2013, es decir al colectivo de inmigrantes en situación irregular con residencia en el herrialde.

El recurso solicitaba asimismo la suspensión cautelar del articulado que aludía al derecho de este colectivo a la prestación sanitaria gratuita, medida que también fue denegada por el TSJN, ya que no quedaban demostrados los perjuicios que alegaba la Abogacía del Estado.

El Gobierno de Nafarroa consideraba innecesario dicho recurso, ya que se discutía únicamente la validez de la Ley Foral 8/2013, aspecto que, como señalaba el Departamento de Salud, está pendiente de dirimirse en el Tribunal Constitucional y que en tanto en cuanto no se dicte sentencia la citada norma tiene plena validez.

Ahora la Abogacía del Estado en Nafarroa da la conformidad a la petición de suspensión del procedimiento frente al Decreto Foral de Salud Sexual y Reproductiva, realizada por la Asesoría Jurídica del Gobierno de Nafarroa, remitiéndose a la decisión que adopte el Tribunal Constitucional en relación con el conflicto con la Ley Foral 8/2013. Se viene así a dar la razón a la tesis mantenida por el Departamento de Salud en relación con la falta de justificación del recurso frente al Decreto Foral de Salud Sexual y Reproductiva.