
El Juzgado Penal 25 de Barcelona ha acordado absolver a los seis concejales de Badalona que abrieron el Ayuntamiento el 12 de octubre de 2016 pese a que un juez lo había prohibido, al concluir que «no se puede decir que las dependencias del Ayuntamiento estuvieran abiertas al público» ese día.
El tribunal ha acordado así absolver de la acusación de desobediencia a los ediles de ERC Agnès Rotger y Oriol Lladó –que ese día ejercía de alcalde en funciones–, así como a los concejales de Guanyem Badalona en Comú, José Téllez, Eulàlia Sabater, Francesc Duran y Fàtima Taleb.
El juzgado considera que ningún empleado público o funcionario prestó servicios ni se hizo ninguna actuación administrativa en dependencias municipales, sino que «únicamente entraron varios ciudadanos acompañados por los acusados, como cargos electos y representantes políticos, a comentar cuestiones relativas al Ayuntamiento».
En su sentencia, la jueza argumenta su decisión al considerar que los ediles cumplieron con el auto judicial que prohibía abrir las dependencias municipales al público o a trabajadores ante el «perjuicio irreparable» que supondría para el interés general o colectivo en el Día de la Hispanidad porque, en su condición de cargos electos, «no estaban sometidos al calendario laboral».
De esta manera, afirma que los concejales atendieran a ciudadanos ese día «no puede suponer un incumplimiento del mandato» del Juzgado Contencioso Administrativo 14 de Barcelona que suspendió cautelarmente la apertura al público ese día, al ser festivo.

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