BERTA GARCIA
CONSUMO

Derechos de los pasajeros

Las bicicletas son para el verano, pero hoy en día la inmensa mayoría opta por vehículos más rápidos, aunque te dejen tirada en el camino. Es lo que acaba de hacer la compañía Vueling, que además es reincidente, como otras aerolíneas que practican el retraso y la cancelación de vuelos. Como hay muchos afectados, viene bien recordar cuáles son los derechos de los pasajeros.

Cuando los vuelos se retrasen, la compañía prestará una serie de atenciones al viajero en función de la distancia del vuelo y el tiempo de retraso, y que consisten en comida y bebida, según el tiempo que sea necesario esperar; dos llamadas de teléfono, fax o correos electrónicos; así como alojamiento cuando sea necesario, con su transporte desde y hasta el aeropuerto en función de la distancia del vuelo. Los viajeros también tendrán derecho a las mismas indemnizaciones económicas previstas en caso de cancelación si el retraso es superior a tres horas, y si este fuese superior a las cinco horas, el pasajero podría desistir del vuelo y recuperar el coste del billete. También podrá reclamar por los daños y perjuicios ocasionados (pérdida de días de vacaciones, excursiones, conexiones con otros transportes...) salvo en causa de fuerza mayor, que deberá acreditar la compañía.

Cuando los vuelos se cancelan, el consumidor tiene derecho al reembolso del coste del billete (así como a un vuelo al primer punto de partida) o al traslado hasta el punto de destino a través de otro medio de transporte en condiciones comparables. A su vez, tendrá derecho a ser compensado por dicha cancelación. El importe de ésta variará en función de la distancia del vuelo: 250 euros, si el vuelo es inferior a 1.500 kms; 400 euros, si es de entre 1.500 y 3.500 kms; y 600 euros, si el vuelo es superior a 3.500 kms.        

La compañía deberá ofrecer información sobre sus derechos a los usuarios. Es aconsejable guardar todos los tickets para reclamar los gastos ocasionados y hacerlo por escrito en el propio aeropuerto ante la compañía aérea. En caso de no obtener resultados en el plazo de un mes, se puede reclamar ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Si el perjuicio sufrido requiere de una compensación superior a la contemplada en la normativa, se puede presentar una demanda judicial que, si la reclamación no supera los 2.000 euros, podrá resolverse a través de un procedimiento verbal sin costes de abogado o procurador.