17 NOV. 2016 Un juzgado de Barakaldo anula una cláusula suelo con retroactividad total La lucha en los tribunales contra las cláusulas suelo de las hipotecas tiene un nuevo hito en la sentencia de un juzgado de Barakaldo que ordena al Banco Popular a devolver lo cobrado de más desde el inicio. GARA BILBO El bufete bilbaino Montero, Rocha & Asociados informó ayer de que ha conseguido «una sentencia revolucionaria» para los afectados por las cláusulas suelo, unas prácticas declaradas abusivas por el Tribunal Supremo español el 9 de mayo de 2013. Este equipo de abogados ha logrado que a una pareja vizcaina se le aplique la retroactividad total, en cumplimiento de la normativa comunitaria vigente, lo que se ha traducido en la devolución de 14.250 euros, «la suma de absolutamente todas las cantidades que pagaron de más». «Barruntamos que de una vez por todas y para siempre, tras varios cambios en la doctrina, la retroactividad vuelve a ser total en Bizkaia», señaló en una nota de prensa el citado bufete. Lo novedoso de este caso es el hecho de que se aplique la retroactividad desde la firma del contrato hipotecario y no sólo a partir de mayo de 2013, que es la doctrina hasta ahora imperante en el Estado español porque así lo decidió, arbitrariamente, el Supremo sin más justificación que la de que esa fue la fecha en la que dictó su fallo. La sentencia emitida a principios de noviembre por el Juzgado de Primera Instancia de Barakaldo supone que los clientes del bufete bilbaino «puedan ver cómo los bancos doblan la cantidad que han de abonarles en relación a la cláusula suelo». Concretamente, la pareja afectada solo hubiera percibido 6.750 euros si solo se aplicara la retroactividad desde 2013. Desde el despacho de Montero, Rocha & Asociados destacaron que «esta nueva y pionera resolución, que abre el camino a que el resto de reclamaciones siga esta nueva doctrina y responde a un protocolo de defensa único y propio creado por este bufete con sede en Bilbao, se adelanta» a la que esperan que dicte de forma inminente el Tribunal de Justicia de la UE «en favor de la retroactividad total». Es decir, la anulación generalizada de las cláusulas suelo en las hipotecas desde el mismo momento en que se constituyeron está todavía pendiente de la resolución que adopte el Tribunal de Luxemburgo. PIONERALa sentencia dictada en primera instancia es «revolucionaria» porque establece que el banco debe devolver 14.250 euros en lugar de los 6.750 que les correspondería a los afectados si solo se hiciera la cuenta a partir de mayo de 2013.