La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado el recurso que interpuso Kutxa contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), anulando así las liquidaciones que hizo la Hacienda guipuzcoana por este concepto.
Los magistrados establecen asimismo el derecho a la devolución de la cantidad que ya haya abonado al no apreciar el «fraude de ley» que concluyó la Subdirección General de Inspección de la Diputación de Gipuzkoa.
En 2006, la Haciendae notificó a Kutxa el inicio de actuaciones «de comprobación e investigación de carácter parcial» de los ejercicios 2001 a 2003 por «las posibles contingencias tributarias derivadas de sus participadas Repinves (participación directa) y Repsol YPF (participación indirecta)», que luego amplió a los ejercicios de 2004 y 2005.
Durante la investigación se apreció «fraude de ley» en «los negocios jurídicos que han supuesto la localización de acciones de Repsol, aportadas o atribuidas a Kutxa, en la sociedad interpuesta Repinves (...) sin perjuicio de la prescripción de los mismos, ya que han seguido teniendo efecto durante los ejercicios objeto de comprobación».
También vislumbró este fraude en los dividendos y primas de asistencia a juntas derivados de Repsol y cobrados por Kutxa a través de Repinves –sociedad constituida también por La Caixa y Caixa Catalunya– y en los negocios por los que se restituyeron 3,8 millones de acciones nuevamente a la entidad vasca.
Así, se concluía que el fraude consistió en «someter a gravamen las rentas obtenidas durante los ejercicios 2001 a 2005 por Kutxa por los dividendos, prima de asistencia a Juntas y plusvalías generadas por las acciones de Repsol como si las hubiera poseído directamente sin aportarlas a Repinves».
Sin embargo, el Supremo no aprecia ese fraude de ley y da la razón a la entidad, subrayando que las liquidaciones que se le hicieron de los ejercicios 1997 y 1998, derivadas de una actuación inspectora, comportaban un «reconocimiento de derechos» a Kutxa, que se ven «perjudicados cuando años después los mismos actos sobre los que se produjo una actuación inspectora de conformidad, son objeto declaración de fraude de ley».

‘Non ote zaude?’ Argazkiko neskatoaren bila, memoria kolektiboaren bidez

Elkar argitaletxeak Hertzainaken errepertorioa baimenik gabe ustiatu zuela ebatzi du epaitegiak

Osakidetza ha administrado vacunas caducadas a 253 personas, la mayoría bebés

Osakidetza anuncia un paquete de medidas para agilizar la Atención Primaria

