Con esta decisión, la juez Irurita suspende el acuerdo del Ayuntamiento de Antsoain del pasado 7 de abril por el que se decidía izar la citada bandera el 14 de abril, aniversario de la proclamación de la II República española.
Esa decisión es suspendida porque en la Constitución española solo se permite que «en los Ayuntamientos ondeen la bandera nacional, la de la Comunidad Autónoma a la que pertenezca el municipio y la local». Añade que la jurisprudencia «ha declarado en sucesivas ocasiones que no es conforme a derecho la colocación de una bandera republicana en una entidad local, por ser acto contrario al principio de neutralidad política que debe presidir la actuación de la administración pública».