
En el auto, la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional ratifica la medida adoptada por el Juzgado de Instrucción número 4 de Iruñea al considerar que existe riesgo de «reiteración delictiva» por parte de los jóvenes.
La magistrada lo razona ante la forma en la que sucedieron los hechos «dentro de un grupo organizado» y el conjunto de acciones «claramente planificadas» llevadas a cabo por los errenteriarras que fueron detenidos en Iruñea –un cuarto joven, menor de edad, que también fue arrestado, quedó en libertad–.
Los hechos tuvieron lugar el pasado 11 de marzo de 2017 en Alde Zaharra de la capital navarra en el marco de la manifestación celebrada bajo el lema ‘Errepresioari autodefentsa’.
Lamela reivindicó la competencia para investigar los disturbios después de que la Audiencia de Nafarroa ordenara lo propio al juzgado de instrucción de la capital navarra al entender que, si bien el delito investigado era grave, encajaría en los desórdenes públicos y no en «terrorismo».
El Tribunal Supremo resolvió el 16 de junio que los hechos ocurrieron «mediante conductas concertadas dirigidas a crear un estado de terror e inseguridad ciudadana, por lo que al menos de forma indiciaria» podrían ser «perfectamente subsumidos en el delito de terrorismo del artículo 573 del Código Penal», en concurso con presuntos delitos de «lesiones, daños, desórdenes públicos, incendio y atentado».

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