Ane URKIRI ANSOLA
DONOSTIA

La sentencia del TS sobre hipotecas no modifica las normas forales

Las diputaciones de cada herrialde deberán plantearse si se adhieren a la decisión del alto tribunal español, como ya pasó con la retención del IRPF por maternidad en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, o si por el contrario mantienen la normas que dictan que es el cliente quien se hace cargo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. El problema es menor en la CAV porque las hipotecas sobre viviendas habituales están exentas de la tasa cuestionada.

Las normas forales que regulan el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) no están afectadas directamente por la sentencia final del Tribunal Supremo español, pese al alarmismo que se ha extendido en torno a la supuesta decisión de revisar la sentencia en la que dictaba que deben ser los bancos quienes abonen dicha tasa al suscribir una hipoteca, que hasta ahora corría a cargo de los clientes.

El fallo del TS responde al recurso presentado por la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid contra una sentencia del Tribunal Superior de la Justicia de la Comunidad de Madrid, datada en junio de 2017, y anula un artículo del reglamento del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

A expensas de la reunión que el lunes celebre el pleno jurisdiccional del TS, compuesto por 31 magistrados, Manuel López –que fue decano del Colegio Notarial del País Vasco durante diez años– explicó a GARA que los cuatro territorios forales no se verán afectados de forma directa: «El TS anula una norma estatal que está dentro de un reglamento; no es una ley, porque los tribunales no pueden anular las leyes. Esto aquí no tiene efecto; solo en caso de que, vista la sentencia estatal, el legislador foral, es decir cada una de las Juntas Generales, acuerde modificar la norma. Es posible que alguna diputación cambie, que lo modifiquen todas o ninguna».

Para tratar de entenderlo mediante una comparativa, recordamos la situación que se generó con las retenciones del IRPF por maternidad: Araba, Bizkaia y Gipuzkoa se adhirieron al cambio estatal, mientras que el Gobierno de Nafarroa decidió mantener su propia norma foral por encima de la estatal y no devolver las retenciones.

Es decir, la afección legal podría ser mínima, por no decir nula. En cuanto a una posible retroactividad –cuestión que no ha quedado clara en la sentencia del TS y que será uno de los temas que se aborde en el pleno–, tampoco debería implantarse en Araba, Bizkaia, Gipuzkoa y Nafarroa. «Ese problema no va a existir», afirma López respecto a este punto.

Viviendas habituales

La alarma es menor en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa ya que las hipotecas para compra de vivienda habitual están exentas de esta tasa. La situación es de cierta normalidad. «En las operaciones que estaban planteadas para compra de viviendas habituales, los bancos han seguido adelante. Saben que no va a haber problemas», comentó el notario en referencia a los casos que él mismo aborda.

Fuentes de Kutxabank confirmaron a GARA esta situación y señalaron que durante estos últimos días han cerrado algunas hipotecas con sus clientes.

La decisión del Tribunal Supremo, fechada el 16 de octubre, se hizo pública dos días después y tuvo un fuerte impacto en la bolsa madrileña. A la caída bursátil le siguió el aviso del Supremo para paralizar «con carácter urgente» los procedimientos judiciales hasta nueva reunión del pleno, aunque el notario asegura que la cita de los 31 magistrados no es para cambiar la sentencia. «El fallo es firme, por lo tanto, se les devolverá el importe a los tres que recurrieron el fallo inicial», precisa.

López tampoco cree que la caída en bolsa –el valor de las acciones de los bancos cayó cerca de 5.500 millones de euros– haya tenido que ver para que se reúnan los jueces. «Es otro tema», incidió, para apuntar a que «la inseguridad jurídica tiene un valor económico». Manifestó que «una de las cosas que una empresa considera mucho antes de invertir dinero es si el marco legal es estable». «La seguridad jurídica se traduce en dinero», por lo que espera que el pleno aclare muchas cosas. «Establezcamos la regla que sea», añadió reclamando claridad.

No obstante, admitió que es poco frecuente que un pleno se celebre tan rápido respecto a la fecha de publicación de la sentencia, pero también recordó que cuando hay desacuerdos de este tipo, «antes o después, deciden reunirse para establecer un criterio único».

Otra cuestión a analizar es si cabe la posibilidad de que algunas personas puedan perder dinero a causa de la paralización decretada por el TS. López matiza que puede que algunos usuarios se hayan visto afectados «indirectamente». «Imagínate una persona que había vendido un piso, y había recibido un fax para escriturar antes del 31 de octubre. Resulta que el comprador no puede escriturar porque su banco ha parado la operación». Podría ocurrir «en algunos casos» pero la pérdida «sería mínima».

El criterio del TS todavía se debe publicar en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para su implementación. Hasta entonces, la ley estatal y las normas forales dictaminan que es el cliente quien debe pagar el IAJD, y ese procedimiento es el que está respetando Kutxabank fuera de Euskal Herria: «Estamos actuando con normalidad porque estamos dentro del marco legal».

Retroactividad

Tal y como hemos adelantado, el tema de la retroactividad es el que más preocupa a los bancos. El presidente de Bankia, José Ignacio Goirigolzarri, advirtió que «no entendería» un fallo retroactivo. Por su parte, la agencia de calificación Moody’s considera como el marco de más alta probabilidad el pago de este gravamen a partir de los nuevos contratos hipotecarios, sin ningún grado de retroactividad.

En el caso de que sí hubiera retroactividad, hay que tener en cuenta que el periodo máximo para reclamar estos impuestos en el Estado español es de cuatro años. Ese lapso comenzaría a contarse a partir de la publicación de la sentencia del TS. Suponiendo eso, Moody’s calculó que podría tener un impacto de unos 2.300 millones de euros, un importe que la agencia considera «manejable».

Manuel López es de la misma opinión aunque «como ciudadano, y no como notario», se aventura a decir que los bancos buscarán rentabilidad «porque no son una ONG». «No es un drama», comentó.

Los 2.800 notarios del Estado español recibieron una circular en la que se les dictaba las pautas a indicar a las partes de la negociación. López también recibió ese escrito y en su caso ha informado al cliente «cuando ha hecho falta». «No tiene sentido avisar de algo a un cliente de una vivienda habitual –añade–, porque ni él ni el banco ni nadie ha pagado el IAJD». Además, aconsejó jugar con prudencia: «Siendo prácticos, no vale la pena reclamar si luego sales perdiendo por los gastos jurídicos».

 

Las hipotecas para comprar viviendas suben en agosto

Las hipotecas para adquirir viviendas subieron en el mes de agosto en el conjunto de Hego Euskal Herria tanto respecto al mes anterior como comparado con el mismo periodo del año pasado. Los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) –los de agosto– recogen que el incremento interanual en la CAV es del 8,6%, mientras que en Nafarroa subió un 2,8%. Respecto al mes anterior, la CAV y Nafarroa llegaron casi a compartir una subida del 25%.

En total, en los cuatro herrialdes se contabilizaron 2.518 hipotecas (casi el 80% de ellas en la CAV) sobre fincas urbanas y rústicas–. El capital prestado tuvo un montante de 421.144 millones de euros, la mayoría destinados a las fincas urbanas (viviendas, solares y otros). A.U.A.