La resolución de la sección sexta de la Audiencia vizcaína fechada el 22 de enero recoge la condena a los tres acusados como autores de un delito de detención ilegal y un delito de robo con violencia e intimidación en casa habitada y con utilización de medios peligrosos.
El tribunal les impone las penas de cuatro años, siete meses y quince días de prisión, por el delito de robo y cinco años más por cada uno de los seis delitos de detención ilegal, junto a la inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo, si bien la resolución recuerda que el Código Penal establece el límite máximo de cumplimiento de quince años de prisión.
Los acusados habrán de indemnizar a los perjudicados con la cantidad que represente la diferencia entre el resultado de restar de los 7.301 euros, el dinero sustraído más la tasación de las joyas, la cantidad en la que hayan sido indemnizados por la compañía aseguradora.
El tribunal ha considerado probado que sobre las 12.30 horas del día 22 de diciembre de 2017 dos hombres se personaron en un chalé de Sopela fingiendo ser repartidores que se disponían a entregar un paquete.
Ambos hombres accedieron al interior de la vivienda y, tras ellos otros dos asaltantes más, si bien uno de ellos no ha podido ser identificado. Tras retener primero a una mujer que se encontraba en la vivienda, fueron reteniendo hasta a seis personas de la misma familia que fueron llegando al chalé, hasta que una consiguió escapar y llamar a emergencias.
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