
El juzgado de Primera Instancia número 7 de Donostia ha dictado una sentencia estimando la nulidad por vicio en el consentimiento de cuatro contratos de obligaciones subordinadas de Banco Popular suscritos en 2014 y 2015 en el mercado secundario. La sentencia condena al banco a devolver 202.009,93 euros a un vecino de la capital guipuzcoana.
Según han informado desde Vallverdú Abogados, en la sentencia la jueza concluye que el Banco Popular –posteriormente adquirido por el Santander al precio de un euro– «ha incumplido los más elementales deberes de diligencia y transparencia».
«Es evidente que la entidad aquí demandada incumplió este imperativo legal, pues no le proporcionó a la parte actora información clara, correcta, precisa y suficiente, ni tampoco les informó de los riesgos que la misma comportaba. La persona que comercializó el producto no informó a la parte actora de la verdadera naturaleza, funcionamiento y riesgos del producto que estaban contratando, esto es, no consta le diera información adecuada», señala la resolución judicial.
La jueza, de este modo, estima que «no ha habido transparencia ni desde luego cumplimiento de las obligaciones bancarias pero lo decisivo es que se observa aquí un error por vicio de consentimiento esencial, inexcusable», ha indicado el bufete.

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