
El Consejo de Ministros español de este martes ha aprobado el proyecto de la Ley de Universalidad del Sistema Nacional de Salud (SNS) con el objetivo de «seguir ampliando la cobertura sanitaria a más ciudadanos», tal y como ha avanzado la portavoz del Gobierno y ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, Pilar Alegría, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Este proyecto de ley tiene el fin de recuperar el derecho a la asistencia sanitaria en igualdad de condiciones para los ciudadanos del Estado que residan en el extranjero, para los extranjeros que vienen por reagrupación familiar y para toda persona residente en el Estado español con independencia de su condición administrativa mediante la revisión de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del SNS.
«La nueva Ley de Universalidad es un hito dentro de nuestro Sistema Nacional de Salud para recuperar parte del orgullo que perdimos en el año 2012. Queremos garantizar con esta Ley el acceso universal y desterrar para siempre esa exclusión sanitaria que, como bien saben, trajo una ley en el año 2012 el PP y queremos cerrar esa herida», ha declarado la ministra de Sanidad, Mónica García, en su intervención en la rueda de prensa.
Así, la ministra ha asegurado que esta ley viene a materializar el aprendizaje de la pandemia de que «nadie está a salvo hasta que todo el mundo esté a salvo», que «garantiza el derecho a la salud».
Igualdad de condiciones
Según ha explicado García, esta ley «recupera el derecho a la asistencia sanitaria en igualdad de condiciones, no solamente para las personas que residen en España y que hasta ahora estaban excluidas, sino también para los españoles residentes en el extranjero que cuando venían a España no tenían derecho a esta prestación».
En este sentido, ha detallado que, para que esto sea posible, se habilitaría una «declaración responsable» para las personas que residen en el Estado, con lo que «no se le negaría nunca a ningún residente, a ninguna persona, la asistencia sanitaria». «La ley que introdujo en el año 2012 el Partido Popular no solamente era una ley que debilitaba nuestro SNS, sino que además conculcaba con el código deontológico de los propios profesionales que no podemos excluir a ningún paciente por ninguna condición», ha advertido.
Con la ley de 2012 las personas mencionadas «solamente tenían derecho a la asistencia en urgencias», lo que hacía que a muchas de las patologías ya «se llegara tarde». «Con lo cual, es una medida que no solamente es eficiente desde el punto de vista de la salud, sino también es una medida eficiente desde el punto de vista de la economía», ha apuntado García.
También se amplían los derechos a la protección de la salud y a la atención sanitaria a las personas ascendientes reagrupadas por hija o hijo titular del derecho a la asistencia sanitaria en el Sistema Nacional de Salud, cuando estén a su cargo y siempre que no exista un tercero obligado al pago de dicha asistencia.
Además, tendrán derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria en las mismas condiciones que las personas titulares del derecho durante su permanencia en el Estado: las personas solicitantes de protección internacional, las personas solicitantes y beneficiarias de protección temporal, las víctimas de trata de seres humanos cuya estancia temporal en el Estado haya sido autorizada durante el periodo de restablecimiento y reflexión, y las personas no registradas ni autorizadas como residentes en el Estado.
En este último caso, la asistencia –que no genera un derecho de cobertura fuera del territorio español– será con cargo a los fondos públicos de las administraciones competentes siempre que se cumplan los siguientes requisitos: no tener la obligación de acreditar cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía, no poder exportar el derecho de cobertura sanitaria desde su país de origen y no existir un tercero obligado al pago.
Estos requisitos podrán acreditarse mediante la presentación de una declaración responsable, sin menoscabo de que, posteriormente, al resolverse el procedimiento administrativo, se deba gestionar el pago de la asistencia recibida por el usuario o por un tercero obligado al pago.
Respecto a la prestación farmacéutica, todos los grupos antes mencionados se incorporan al sistema para que no tengan que pagar el cien por cien de los medicamentos.

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