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La ley para facilitar el acceso a vivienda avanza en Nafarroa con impulso cuatripartito

El Parlamento navarro ha aprobado en comisión, para su pase a un próximo pleno, el dictamen sobre la reforma de la Ley foral de Vivienda para determinar el derecho a la vivienda asequible en Nafarroa, en el que se ha suprimido el límite de 100.000 euros como barrera para acceder a subvenciones.

Movilización de Ernai ante el Parlamento navarro, en 2021, para demandar mejores condiciones de acceso a la vivienda.
Movilización de Ernai ante el Parlamento navarro, en 2021, para demandar mejores condiciones de acceso a la vivienda. (Iñigo Uriz | Foku)

Impulsada por PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin, la Ley de Vivienda de Nafarroa pretende dar respuesta a la situación de emergencia habitacional para, adecuando la normativa a la evolución del mercado inmobiliario y a los cambios estructurales -económicos, sociales y demográficos- que mediatizan la existencia de un parque residencial adecuado a un precio asequible, tratar de favorecer el acceso ciudadano a la vivienda, en especial de los colectivos en riesgo de exclusión residencial.

Entre sus objetivos está acometer una nueva política de viviendas protegidas y desplegar el potencial de las zonas tensionadas.

Para diversificar las tenencias, fomentar la promoción y rehabilitación de viviendas y favorecer la colaboración público-privada, se introducen una serie de previsiones dirigidas, entre otros, a la revisión de los regímenes de calificación de las viviendas protegidas, de los procedimientos de adjudicación y de las figuras residenciales.

Por partes, se propugna la desaparición del régimen de arrendamiento con opción de compra y la incorporación de la fórmula del arrendamiento asequible, así como del estatuto de propiedad, cuya titularidad ahora podrá ser plena o en derecho de superficie.

En cuanto a los procedimientos de adjudicación, se sustituye el sistema de baremación en los procesos de acceso a viviendas en régimen de arrendamiento y arrendamiento asequible, por el método de sorteo, en el caso de reservas generales destinadas a determinados grupos de población.

Para el resto, tendrán preferencia las personas empadronadas en el municipio donde se ubique la promoción, cuya edad sea igual o inferior a 35 años o igual o superior a 60.

Por otra parte, se introducen nuevas figuras residenciales, como los alojamientos dotacionales, configurados como equipamientos comunitarios de titularidad pública orientados a atender, de forma rotatoria, situaciones específicas de dificultad en el acceso a un hospedaje digno por parte de determinados colectivos sociales.

En relación con el refuerzo del parque público de vivienda, se defiende la ampliación de funciones del Banco Foral de Suelo Público, al que se habilita para poder destinar los bienes que lo integran a alojamientos dotacionales, además de a vivienda protegida.

Y cuya promoción se faculta, mediante la adjudicación del derecho de superficie por el sector público, sociedades de capital mixto dedicadas a la gestión de viviendas protegidas, cooperativas de viviendas o entidades del tercer sector.

Del mismo modo, se contempla la creación y regulación del nuevo Registro de Grandes Tenedores de Vivienda, un ente de naturaleza administrativa que, adscrito al Departamento competente por razón de la materia, se encargará del control y seguimiento de los multi propietarios.

Aprobadas 9 enmiendas, ninguna de la oposición

En el transcurso del debate efectuado en comisión se han debatido 43 enmiendas, de la que se han aprobado 9, todas suscritas por PSN, EH Bildu, Geroa Bai y Contigo-Zurekin. El resto, 21 del PPN y 15 de UPN, han decaído con la oposición de los grupos que dan respaldo parlamentario al Gobierno.

Entre las modificaciones introducidas en el dictamen destaca la supresión del límite de 100.000 euros (entre bienes, derechos y activos financieros) establecido inicialmente como barrera para el acceso a subvenciones por adquisición o arrendamiento de vivienda protegida y por rehabilitación protegida.

Otro de los cambios hace referencia a los requisitos generales de acceso a viviendas protegidas, de donde se suprime toda alusión a los ingresos generados por las transmisiones de viviendas en los últimos cinco años, de modo que, con independencia del beneficio obtenido (en el texto original se hablaba de ingresos superiores a 100.000 euros), se excluye del acceso a vivienda protegida a todas las personas que hayan vendido algún inmueble en ese período.

Respecto al sistema de adjudicación, se hace constar que las personas que accedan a las viviendas protegidas en régimen de arrendamiento y arrendamiento asequible incluidas dentro de las reservas especiales, no podrán participar en el proceso de selección que se configure para la asignación de viviendas incluidas dentro de las reservas generales.

Por otra parte, se añade una nueva reserva en el marco de lo previsto para la adjudicación de viviendas protegidas en régimen de propiedad plena o en derecho de superficie, en este caso para las familias numerosas de categoría especial (5 o más hijos), para las que se guarda el 2% de las promociones de 50 o más inmuebles, en régimen de arrendamiento y arrendamiento asequible.