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Condenado a 26 años de cárcel el masajista juzgado por agredir sexualmente a tres menores

El masajista de Donostia juzgado por agredir sexualmente a tres menores en Donostia ha sido condenado a 26 años de prisión. Además, deberá indemnizar a las víctimas con cantidades que suman 40.000 euros.

El juicio al masajista se celebró a puerta cerrada.
El juicio al masajista se celebró a puerta cerrada. (EUROPA PRESS)

El masajista de Donostia acusado de agredir sexualmente a tres chicas menores de 13, 14 y 15 años, ha sido condenado a penas que suman 26 años de cárcel por la Audiencia de Gipuzkoa, según informa Efe citando fuentes del caso. Además, deberá indemnizar a las víctimas con cantidades que suman 40.000 euros.

El fallo ha sido dado a conocer esta mañana a las partes en una sesión que ha tenido lugar en audiencia pública en la Sección Primera de la Audiencia Provincial, que ha considerado al acusado autor de tres delitos de agresión sexual a menor de 16 años, uno de ellos continuado –sobre una de las víctimas se registraron varias agresiones sexuales prolongadas a lo largo del tiempo–, en concurso real, en dos de los casos, con sendos delitos de ciberacoso sexual infantil.

El tribunal le impone 14 años de cárcel por los dos delitos de agresión sexual a menor de 16 años (siete años por cada víctima), 10 años por el delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años y dos años por ciberacoso sexual infantil.

Asimismo, el acusado deberá indemnizar, en concepto de responsabilidad civil, a dos de las chicas con 10.000 euros y a la tercera, con 20.000 euros.

El acusado ha sido inhabilitado asimismo para cualquier profesión que implique contacto con menores de edad durante diferentes períodos de tiempo según las víctimas, y no podrá aproximarse ni comunicarse con ellas, además de permanecer en libertad vigilada varios años una vez sea excarcelado.

Durante el juicio, celebrado el pasado septiembre, la Fiscalía y las acusaciones particulares que ejercían las víctimas y sus familiares solicitaron penas que sumaban 45 años de cárcel para este hombre, mientras que su defensa solicitó su absolución y 160.000 euros de compensación para las víctimas.

Según mantuvo el Ministerio Público en la vista, los hechos sucedieron en 2021, año en el que el encausado se ofreció a dar unos masajes a las víctimas «con el fin de aliviarles la tensión». Finalmente fue detenido en mayo 2021 tras la denuncia de una de las menores, a la que, según aseguró esta, habría «tocado los pechos e introducido los dedos en la vagina» durante un masaje.

El pretexto de «aliviarlas»

Según ha dado a conocer el TSJPV en una nota, los hechos declarados probados en la resolución recogen que el acusado contactó con las tres menores, que eran amigas de su hijo y de la hija de su pareja, y les ofreció realizar masajes para aliviar la tensión y estrés.

Tras un intercambio de mensajes a través de diversas aplicaciones telefónicas en las que fue «poco a poco ganándose su confianza», las menores accedieron finalmente a darse el masaje, donde el acusado, bajo el pretexto de «aliviarlas», terminaba agrediéndolas sexualmente.

El tribunal también considera probado que el acusado «remitió mensajes a través de aplicaciones telemáticas a fin de llevar a cabo los masajes corporales» a las víctimas.

En su sentencia, la Audiencia destaca que las declaraciones de las tres víctimas fueron persistentes, ya que mantuvieron desde el inicio de la causa una «idéntica versión», y han estado «exentas de cualquier ánimo torcido que pudiera operar como causa de incredibilidad subjetiva».

«Las declaraciones de las tres perjudicadas en el acto del juicio han sido claras, rotundas, inconcusas y además plenamente coincidentes entre sí en relación con la mecánica comisiva desplegada por el acusado», apunta el tribunal, que también precisa que sus relatos han estado dotados de «relevantes corroboraciones».

Entre ellas, «la documental que obra en el procedimiento, en la que consta las transcripciones» de las conversaciones telefónicas mantenidas entre el acusado y las menores y los «contundentes datos» que «apuntalan la afirmación» de que el comunicante era el acusado a pesar de que él lo negó en el juicio.

Ingreso en prisión

Tras la lectura del fallo en la sala, el tribunal ha celebrado una audiencia sobre la situación personal del acusado, ya que este ha permanecido en situación de libertad provisional desde que sucedieron los hechos.

En esta sesión, tanto la Fiscalía como las tres acusaciones particulares, ejercidas por los letrados Mari Paz Sa Casado, Ángeles Salamero e Iñigo Iruin, han solicitado el inmediato ingreso en prisión provisional del procesado ante el, a su entender, riesgo «muy elevado» de que pudiera darse a la fuga, una vez conocida la «contundente» condena de 26 años que le ha sido impuesta.

El letrado de la defensa, Juan Álvarez Fanjul, por su parte, ha solicitado que se mantenga la situación de libertad provisional, ya que la sentencia no es firme y puede ser recurrida, al tiempo que ha argumentado el arraigo de su cliente y su responsabilidad paterna respecto a sus dos hijos, que a su entender evitarían el riesgo de fuga, junto a un agravamiento de las medidas cautelares que ya tiene y la garantía de abonar los 40.000 euros de la responsabilidad civil que el padre del acusado ha asumido en la sala.

En esta línea, el inculpado se ha mostrado dispuesto a comparecer todos los días en el juzgado e incluso a portar una pulsera telemática, a pesar de lo cual el tribunal ha decretado su ingreso en prisión.