
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado la demanda interpuesta por ELA y LAB contra la negativa de Confebask a constituir una mesa que negocie un salario mínimo con aplicación en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa.
Las dos centrales sindicales solicitaron al TSJPV que declarase ilegal la negativa de Confebask al estimar que era contraria al deber de negociar de buena fe, recogido en el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo los jueces consideran que el rechazo de la patronal está justificado, ya que la fijación del SMI compete al Gobierno español.
En su sentencia, la magistrada Garbiñe Biurrun reconoce que, «sin duda, es la negociación colectiva la vía más adecuada para fijar los salarios, dado que ello permite su acomodación a la realidad de cada sector, nivel territorial, y/o empresa».
Pero advierte de que «este papel de la negociación colectiva no puede extenderse, tal como esta Sala lo considera, a la fijación de un salario mínimo interprofesional, o ‘salario o retribución mínima para todas las personas trabajadoras’, en los exactos términos de la pretensión ejercitada en la demanda que se analiza».
«Cierto es que la materia en cuestión, este salario o retribución mínima, no está contemplada entre las que el artículo 84.5 ET considera ‘no negociables’ en un convenio colectivo o en un acuerdo interprofesional de Comunidad Autónoma. Sin embargo, ello no significa que dicha materia pueda ser objeto de dicha negociación. No era, en realidad, preciso que la norma así lo previera, dado que, como se ha dicho, se atribuye tal potestad exclusivamente al Gobierno», añade.
«En consecuencia, no siendo la materia de un salario o retribución mínima para las personas trabajadoras que presten servicios en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi/País Vasco susceptible de ser objeto de la negociación colectiva –acuerdo interprofesional, en el caso– no puede considerarse que la organización empresarial demandada haya vulnerado su deber de negociación que, con carácter general, se impone en el artículo 89 del Estatuto de los Trabajadores», concluye en un auto que puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo.
Respuesta de ELA y LAB
De hecho, ELA y LAB ya han anunciado que presentarán recurso contra la misma, ya que los sindicatos sostienen que «nunca» han pedido a la patronal negociar las prestaciones sociales mediante un acuerdo interprofesional». «ELA y LAB han defendido un acuerdo de materia concreta como fórmula para establecer un salario mínimo para todas las personas trabajadoras, con efectos únicamente en las relaciones laborales», han añadido en una nota conjunta.
«ELA y LAB han tenido claro desde el inicio que con la patronal solo puede negociarse en materia salarial, y por eso han abierto de manera paralela una campaña en el Parlamento a favor de la competencia para regular el salario mínimo, y por eso han trabajado una iniciativa legislativa popula», han apuntado, y han valorado «positivamente que el Tribunal Superior haya afirmado que es posible un acuerdo centrado únicamente en los salarios».
En este sentido, han aseverado que «la sentencia del Tribunal Superior deja claro que el salario mínimo puede acordarse en Euskal Herria y que para ello solo se necesita voluntad patronal y política. El salario mínimo es en todo el mundo una herramienta básica a favor de la cohesión social y contra la pobreza laboral, y hasta ahora tanto la patronal como el Parlamento han rechazado poner en marcha la negociación».
«Responder al veto del Parlamento y de la patronal mediante una huelga general será imprescindible. Por todo ello, ELA y LAB hacen un llamamiento a todas las personas trabajadoras para que el 17 de marzo vacíen los centros de trabajo y llenen las calles», han concluido.
Confebask, por su parte, ha saludado el fallo, y ha puesto en valor que se haya atendido los argumentos de su defensa «ante una pretensión por parte de ELA y LAB que lleva meses rechazando por imposibilidad legal para ser atendida».
CCOO Euskadi ha señalado que la decisión del TSJPV «ratifica la vía propuesta desde el primer momento por el sindicato: negociar un acuerdo interprofesional que fije un salario mínimo de convenio para la CAV».
«Si bien la sentencia cierra la posibilidad de negociar una SMI vasco por ser materia del Gobierno central, sí que destaca la posibilidad de fijar un salario mínimo de convenio mediante la negociación colectiva», ha explicado, y ha señalado que, «si hay voluntad de negociar entre las partes, mañana mismo podría cerrarse un acuerdo interprofesional en Euskadi que fije un salario mínimo para todas las personas cubiertas por convenio».
EH Bildu: «Un salario mínimo propio es un acto de justicia»
Tras conocer la decisión del TSJPV, la secretaria de Programa de EH Bildu, Nerea Kortajarena, ha remarcado que «reivindicar un salario mínimo propio es un acto de justicia y de democracia, porque el coste de la vida aumenta muy por encima de los salarios, y eso no es justo».
«Frente a los vetos, la desigualdad injusta y la precariedad crónica, EH Bildu considera que es posible garantizar un Salario Mínimo adecuado a la realidad socioeconómica de este país que mejore las condiciones de vida de la gente. En tiempos de incertidumbre, es fundamental garantizar la seguridad en la vida de las y los trabajadores», ha manifestado.
Y ha anunciado que el viernes el grupo soberanista interpelarrá al consejero Mikel Torres en el Parlamento de Gasteiz. En la Cámara de Nafarroa también ha registrado, junto a Geroa Bai, una iniciativa en el mismo sentido. «Creemos que el país dispone de herramientas suficientes para establecer un SMI propio y haremos todo lo que esté en nuestras manos para lograrlo», ha señalado.
Reuniones e ILP
Cabe recordar que ELA y LAB acudieron a los tribunales después de que fracasaran los intentos de negociación sobre el establecimiento de un salario propio en el Consejo de Relaciones Laborales (CRL) de la CAV. Confebask señaló que ELA y LAB pretenden «un objeto jurídicamente imposible, al ser esta una materia de competencia exclusiva del Estado».
Previamente ELA, LAB, ESK, Steilas, Hiru y Etxalde habían defendido en el Parlamento de Gasteiz la toma en consideración de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) en favor de un salario mínimo propio. Esa ILP, avalada por casi 140.000 firmas, planteaba una reforma del Estatuto de los Trabajadores para que las comunidades autónomas puedan regular dicho salario. PNV, PSE, PP y Vox impidieron su tramitación.
Tras este rechazo en el Parlamento, ELA y LAB decidieron no acudir a la reunión con el vicelehendakari y consejero de Economía, Trabajo y Empleo, Mikel Torres, que el pasado verano presentó un informe que establece de que el rango estimado para el salario mínimo de convenio en la CAV debería oscilar entre 1.268 y 1.385 euros brutos en 14 pagas.

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