El Alto Tribunal primero preguntará si debe aplicarse al caso de Kepa Pikabea, la reciente Ley que pone límites a estas acumulaciones de condena.
La reciente Ley 7/2014, que entró en vigor el pasado 3 de diciembre, contiene una Disposición Adicional Única que señala que «en ningún caso serán tenidas en cuenta» para su aplicación «las condenas dictadas por un tribunal de un Estado miembro de la Unión Europea con anterioridad al 15 de agosto de 2010». Esta es la fecha de transposicion del Convenio Marco del Consejo de Europa que trata sobre esta cuestión.
Los 15 magistrados que integran la Sala de lo Penal de Supremo se reúnen, por tanto, «para unificar criterios que descarten las dudas interpretativas derivadas tras las recientes resoluciones sobre esta materia que han acordado distintas secciones de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional».
Con el mismo fin se reunieron a mediados de diciembre, aunque aplazaron su decisión al no adoptar ningún criterio general.

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