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Condenados los ayuntamientos de Berriozar y Atarrabia por exhibir la ikurriña en el txupinazo

Dos juzgados de lo Contencioso Administrativo de Pamplona han condenado a los ayuntamientos de Berriozar y de Atarrabia por colocar la ikurriña durante el txupinazo de las fiestas de ambas localidades, mientras que el de Berriozar es además penado por poner un cartel a favor de los presos.

 Los ayuntamientos de Berriozar y Atarrabia han sido condenados por exhibir la ikurriña. (Idoia ZABALETA/ARGAZKI PRESS)
Los ayuntamientos de Berriozar y Atarrabia han sido condenados por exhibir la ikurriña. (Idoia ZABALETA/ARGAZKI PRESS)

Así, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 estima el recurso interpuesto por la colocación de la ikurriña y de un cartel a favor de los presos en un kiosko de titularidad municipal de Berriozar desde el que se lanzó el txupinazo que dio inicio a las fiestas el 30 de agosto de 2017.

Se trata del escenario de la plaza Eguzki, de propiedad municipal, donde la colocación de la ikurriña supone para el Abogado del Estado -según dice en su recurso- contravenir la Constitución española , que prevé la colocación únicamente de las banderas española, la de Nafarroa y la de la localidad.

Además de considerar que la derogación de la Ley de Símbolos tampoco permite el acto impugnado, se aprecia «vulneración del principio de neutralidad y objetividad» que debe observar una administración pública porque al exhibir la ikurriña «se han comprometido recursos públicos al servicio de un ideario determinado».

Los mismos principios resultan vulnerados, señala, con la exhibición del cartel con el lema ‘Preso eta iheslariak etxera’ (‘Presos y refugiados, a casa’).

El juez analiza los hechos y considera el kiosko donde ocurrieron los hechos como un escenario donde es «extensible y aplicable» la normativa sobre banderas, ya que «el kiosko es utilizado como extensión del Ayuntamiento para este concreto evento de la vida del municipio», dicen sobre el txupinazo.

Sentada la titularidad del escenario, el juez también cree vulnerada la neutralidad política de la administración local con la colocación tanto de la ikurriña como del cartel sobre los presos.

Por ello, tras estimar el recurso de la Abogacía del Estado, condena en costas al consistorio.

Por otro lado, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 estima también el recurso de la Abogacía del Estado contra la colocación en la fachada del Ayuntamiento de Atarrabia de la ikurriña durante el txupinazo de 2017, actuación que anula para condenar al pago de las costas procesales al Consistorio.