NAIZ
BILBO

Condenado a dos años de cárcel por contratar a migrantes sin darles de alta ni pagarles

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado al administrador de una empresa de Bilbo a dos años de cárcel por contratar a personas migrantes a las que «nunca tuvo intención de abonar sus salarios ni de regulariza su situación administrativa y laboral».

Migrantes en las calles de Irun. (Gorka RUBIO/FOKU)
Migrantes en las calles de Irun. (Gorka RUBIO/FOKU)

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado al administrador de una empresa de Bilbo a dos años de cárcel por contratar a personas migrantes a las que «nunca tuvo intención de abonar sus salarios ni de regularizar su situación administrativa y laboral».

Además, le ha impuesto una multa de 1.080 euros, el pago de una indemnización a los perjudicados de 23.570 euros y el abono a la Seguridad Social de la cantidad que no percibió por la actitud del encausado.

La sentencia considera probado que en los años 2017 y 2018 el acusado, que ejercía de administrador y socio único de una empresa del hogar, se dedicó a la contratación reiterada de trabajadores extranjeros sin permiso de trabajo para realizar labores de limpieza, jardinería y reformas.

El procesado se aprovechó de la situación precaria y vulnerabilidad de estas personas para no hacerles contrato formal, no darles de alta en la Seguridad Social y no abonar los salarios, al presuponer que no sería denunciado «dada la situación de irregularidad administrativa de los perjudicados».

Para lograr estos fines, el condenado colocaba carteles de publicidad en la calle en los que ofrecía empleo. Cuando las personas migrantes en situación irregular se ofrecían para estos puestos, éste prometía hacerles contrato y pagarles un salario de unos mil euros.

Además, les transmitía que su situación de irregularidad administrativa no suponía ningún problema. Una vez que conseguía que trabajaran para él, les mandaba a distintos lugares para realizar labores de limpieza, jardinería o reforma, y no les pagaba.

Cuando los trabajadores dejaban el empleo por el impago, contrataba a otros, con los que repetía su conducta. Solo dio de alta en la Seguridad Social a una empleada porque tenía permiso de trabajo. Sin embargo, aunque trabajó para la empresa del 1 de febrero hasta el 18 de mayo de 2018, le dio de alta el 13 de abril de 2018.

Visita de Inspección de Trabajo

Fue el 24 de mayo de ese año cuando Inspección de Trabajo de Bizkaia visitó el centro de la empresa del acusado, ubicado en la calle Masustegi de Bilbao, e identificó a un grupo de ocho personas a las que no había dado de alta ni pagaba salarios. Por ello, levantó acta de infracción y propuso sanción de 60.006 euros.

La resolución judicial destaca que estos trabajadores hicieron sus labores en esta empresa en esas condiciones por «sus circunstancias de precariedad», que aprovechó el acusado, «que nunca tuvo intención de abonar salarios ni de regularizar su situación administrativa o laboral». Todos ellos han reclamado la indemnización correspondiente.