Berta Garcia
CONSUMO

Los excesos de la banca

Meterse en pleitos contra la banca es algo de lo que, en general, habitualmente huimos las personas usuarias porque lo vemos como un combate perdido de antemano. De ahí que la banca en cuestión se crezca y crezca como sus comisiones, sin que ningún organismo oficial competente le pare las ínfulas (léase, por ejemplo, el Banco de España).

Hoy traigo un poco de esperanza con esta sentencia reciente, ya que el caso es paradigmático por aquello de que “la avaricia rompe el saco”. Así lo ha estimado el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Gasteiz declarando nulas las comisiones de un gran banco por ingreso y retirada de efectivo en ventanilla.

En la demanda interpuesta por la asociación vasca de personas consumidoras EKA/ACUV frente al BBVA, referente a las comisiones por ingreso en cuentas de las que no se es titular –comisión que viene aplicando también Bankinter– y retirada de efectivo en ventanilla, han sido declaradas nulas por abusivas y contrarias a derecho. La sentencia entiende que las dos comisiones cuestionadas remuneran servicios que son inherentes al servicio de caja, a su vez asociado al contrato de cuenta corriente, ya remunerados a través de la comisión de mantenimiento de la cuenta.

Sentencia pionera. Así las cosas, mediante esta sentencia «se condena a la demandada al cese en su imposición y cobro a la clientela, se ordena la publicación de la misma a cargo de la demandada en un periódico de los de mayor tirada y se impone una multa coercitiva de 1.000 euros diarios si no elimina las comisiones cuestionadas en el plazo de 20 días desde su firmeza».

Se trata de una sentencia pionera que pone coto a la actuación de los Bancos a la búsqueda de nuevos ingresos, y que además tiene como finalidad “echar” a los clientes de las oficinas, ahorrando costes y prescindiendo de personal. Lástima por la escasa repercusión mediática tanto en Euskal Herria como a niveles estatales de esta “hazaña” de un equipo local.