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BRUSELAS

La UE dictamina que la ley española de pensiones discrimina a los trabajadores a tiempo parcial

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que la legislación actual española sobre pensiones «discrimina» a los trabajadores a tiempo parcial ya que computa las horas trabajadas y no el periodo de cotización, es decir, los días trabajados.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que la normativa española sobre pensiones «discrimina» a los trabajadores a tiempo parcial, que en su mayoría son mujeres, ya que les exige un periodo de cotización proporcionalmente mayor al del resto de contribuyentes.

La sentencia responde a la denuncia de una mujer que trabajó durante 18 años a jornada parcial de cuatro horas. A la edad de 66 años presentó una solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social para obtener una prestación de jubilación, que le fue denegada por no reunir el período mínimo de cotización de quince años.

La legislación española actual computa exclusivamente las horas trabajadas y no los días trabajados. En el caso del denunciante, ello implica que las cotizaciones pagadas durante 18 años equivalen a un periodo de menos de tres años, por lo cual tendría que trabajar 100 años para acreditar los quince necesarios para recibir la pensión.

El Tribunal señala que, «debido al método que se emplea para calcular el período exigido para acceder a una pensión», dicha normativa priva a estos trabajadores «de toda la posibilidad» de obtener tal prestación.