
En una resolución fechada el pasado 11 de abril y difundida hoy, la Sección Sexta de la Audiencia vizcaina desestima los recursos de apelación que presentaron contra dicha sentencia el Ministerio Fiscal y el entrenador de remo José Luis Korta, que ejerció la acusación particular.
La Audiencia considera que la sentencia apelada «cumple adecuadamente con los cánones de motivación exigibles, máxime tratándose de una sentencia absolutoria».
En noviembre de 2015, el juez absolvió a quienes eran presidente, entrenador, médico y enfermera del club en 2010, Josu Zabalondo, José Manuel Francisco, Borja Garay y Arantza Ormaza, respectivamente, así como al doctor Marcos Maynar y a la enfermera Teresa Mesa.
Aunque el tribunal admitió que se adquirieron sustancias dopantes que llegaron al club Urdaibai, estimó que no se puede acreditar «ni el efectivo suministro» de los productos a los remeros «ni, fundamentalmente, el peligro en la vida o la salud del deportista». Por ello, tampoco se puede acreditar una conducta delictiva de los acusados.
Al confirmar la sentencia absolutoria, la Audiencia vizcaina insiste en que «no basta la acreditación de la adquisición por los acusados de determinados medicamentos, sino que ha de quedar suficientemente probado a quién se suministraron tales sustancias, la condición de estas personas, la situación física de quienes las recibieron, en su caso, así como los efectos de las sustancias o medicamentos».

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