Según ha informado Kontsumobide, el usuario contrató una tarifa de roaming para unos países determinados. Ya en el extranjero, una comunicación de Vodafone le indicó que estaba agotando la tarifa lo que le pareció imposible en tan poco tiempo, por lo que se puso en contacto con el servicio de atención al cliente de la compañía, que le indicó que se trataba de un error que subsanarían.
Sin embargo, ya de vuelta en su domicilio, se encontró, por un lado, con que no se había subsanado el error y se le facturaba el roaming a tarifa en lugar de la oferta que había contratado, al tiempo que se le indicaba que había navegado en países no incluidos en su oferta. La factura ascendía a 14.071,88 euros por lo que este vecino de Ermua decidió reclamar.
En una primera reclamación, Vodafone aceptó la devolución 6.562,33 euros, pero el vecino de Ermua, no estando conforme con dicha devolución, acudió a la OMIC que derivó el caso a Kontsumobide para su tramitación por parte de la Junta Arbitral de Consumo de la CAV.
Fruto de la mediación de estas instituciones, Vodafone se avino a abonar al usuario perjudicado 7.323,32 euros adicionales lo que, «de forma implícita, supone el reconocimiento del error y la subsanación del mismo», ha destacado Kontsumobide, para recordar que la vía del Arbitraje es la forma «más rápida y económica para la resolución de los conflictos de consumo», por lo que recomienda a las empresas adherirse a la misma y a las personas consumidores optar por establecimientos adheridos.

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