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Barcelona

En Catalunya, cierre de actividades a las 00:30; en València, toque de queda de 1:00 a 6:00

La mala evolución de los datos de la pandemia de covid ha llevado a la Generalitat de Catalunya a imponer nuevas restricciones en todo su territorio. Por su parte, el Tribunal Superior de la Comunitat Valenciana ha autorizado aplicar el toque de queda en la capital y una treintena de localidades.

Gente haciendo cola para recibir una dosis de Janssen en un camión de vacunación itinerante en Barcelona el pasado 7 de julio. (Lluís GENÉ | AFP)
Gente haciendo cola para recibir una dosis de Janssen en un camión de vacunación itinerante en Barcelona el pasado 7 de julio. (Lluís GENÉ | AFP)

La Generalitat de Catalunya ha acordado este lunes que todas las actividades –incluida la restauración y la cultura– acaben como máximo a las 00:30 horas (doce y media de la madrugada) y limitar los encuentros sociales a un máximo de diez personas, así como recomendar a los municipios que por la noche cierren playas y parques.

Así lo han anunciado en rueda de prensa el conseller de Interior, Joan Ignasi Elena; el de Salud, Josep Maria Argimon; y la portavoz del Govern, Patricia Plaja, después de una reunión extraordinaria de la comisión delegada en materia de covid encabezada por el president Pere Aragonès.

En cuanto a las reuniones, solo se permiten más de 10 personas si se trata de convivientes. Salvo esa excepción, no se podrán superar 10 personas en ningún ámbito, ni público ni privado, ni en interior ni en exteriores.

Tampoco se puede comer ni beber en la vía pública, exceptuando las comidas en el marco de actividades escolares.

Además, Aragonès ha encargado a su gabinete jurídico que estudie el aval judicial al toque de queda en el País Valencià por si «llegado el momento» su Ejecutivo se encuentra con la «necesidad de pedirlo» para Catalunya.

Unos datos «más que pésimos»

Comparativa de la evolución de la pandemia en Catalunya desde el pasado 12 de junio que ha presentado este lunes la Generalitat.

Plaja ha explicado que estas nuevas restricciones se han adoptado intentando buscar el «equilibrio» con la vida social, económica y los criterios emocionales para frenar la transmisión del coronavirus, ya que los datos de esta quinta ola son «más que pésimos».

Este lunes hay 104 pacientes covid hospitalizados más que hace 24 horas, y el total se acercan al millar, una cifra que dobla con creces la que había por San Juan, aún no hace tres semanas.

El aumento de contagios se hace evidente si se da un vistazo a los casos semanales: la primera semana de julio se detectaron más de 40.000 positivos, una cifra que no se había visto desde el inicio de la pandemia y que casi multiplica por diez la que había justo antes de San Juan.

La mayor incidencia de los últimos días se da sobre todo en la franja de edad de 15 a 29 años.

Toque de queda en 32 ciudades del País Valencià

Por otro lado, el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) ha autorizado la limitación a un máximo de 10 personas de las reuniones sociales y familiares en todo el País Valencià y las restricciones a la movilidad nocturna entre la 1:00 y las 6:00 horas en 32 localidades de más de 5.000 habitantes que presentan mayor riesgo epidemiológico.

Los municipios afectados son los siguientes:

Uno en la provincia de Castelló: Benicàssim;

Otro en la provincia de Alacant: Sant Vicent del Raspeig;

y 30 en la provincia de València: Almàssera, Bunyol, El Puig, Tavernes Blanques, Vilamarxant, Alboraya, Benaguasil, Benetússer, Benifaió, l'Eliana, Meliana, Moncada, Picanya, Picassent, Puçol, Requena, Riba-roja, Sedaví, Silla, Utiel, Alaquàs, Aldaia, Burjassot, Catarroja, Quart de Poblet, Xirivella, Gandia, Mislata, Paterna y València capital.

Estas medidas se hallan contenidas en una resolución de la Conselleria de Sanidad Universal fechada el pasado 9 de julio y tendrán una vigencia de 14 días desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV ha indicado este lunes que estas son medidas susceptibles de conseguir el objetivo propuesto, con lo que queda cumplimentado el juicio de idoneidad; necesarias porque no se conocen otras más moderadas para la consecución del propósito con igual eficacia; proporcionadas en sentido jurídico estricto; y equilibradas, «por derivarse de ellas más beneficios para el interés general –contención de la pandemia– que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto».