
Un juzgado de lo Mercantil de Gasteiz ha declarado nulas las comisiones del BBVA por ingreso de dinero en cuentas de las que no se es titular y por retirada de efectivo en ventanilla, según ha informado la Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca (EKA/ACUV).
El tribunal ha estimado íntegramente la demanda interpuesta por la citada asociación y las ha declarado nulas al considerarlas abusivas y contrarias a derecho.
El BBVA ha alegado ante el juzgado que la creación de estas comisiones va más allá de la prestación del servicio básico de caja por parte del banco y responden al proceso de digitalización que afrontan las entidades financieras, al ofrecer medios alternativos al servicio de ventanilla.
Asegura además que informan a la persona consumidora de forma previa a cada operación –también en el caso de los cajeros automáticos a la hora de hacer ingresos cuando no se identifican como clientes–, y en su web en el apartado «tarifas de comisiones, condiciones y gastos repercutibles a clientes».
Por su parte, EKA/ACUV había argumentado que el cobro de esas comisiones constituye una estipulación no negociada individualmente, que es una práctica no consentida expresamente y que con ellas se remuneran servicios que son inherentes al servicio de caja.
Según la EKA/ACUV, el juzgado, tras estudiar los argumentos de ambas partes le ha dado la razón y ha declarado nulas esas comisiones.

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