NAIZ

CCOO Euskadi denuncia la «ocultación» de los riesgos psicosociales por parte de las mutuas

CCOO Euskadi ha alertado del aumento de los riesgos psicosociales en el ámbito laboral y de su sistemática ocultación como enfermedades comunes. Una práctica que, según denuncia el sindicato, impide la prevención y el reconocimiento de los daños a la salud mental derivados del trabajo.

Imagen de archivo de una consulta por salud mental.
Imagen de archivo de una consulta por salud mental. (CCOO | EUROPA PRESS)

El responsable de salud laboral de CCOO Euskadi, Alfonso Ríos, ha advertido de un incremento de los riesgos psicosociales en el trabajo y de «su ocultación» como enfermedad común porque «las mutuas nunca reconocen las patologías de ámbito psicosocial como origen profesional».

A través de un comunicado, desde el sindicato han insistido en que llevan tiempo denunciando que los riesgos psicosociales que se relacionan con las condiciones de trabajo se están incrementando, «ocasionando patologías que afectan a la salud mental de las personas trabajadoras».

«Que estas patologías queden ocultas como enfermedad común perjudica a la prevención de las mismas»

Tras reiterar que estas patologías queden ocultas como enfermedad común «perjudica a la prevención de las mismas», desde CCOO han recordado que «el sindicato ha conseguido, en fechas recientes, que, en dos casos relacionados con conflictos, hostigamiento o agresiones verbales en el trabajo, se reconozca el origen profesional de las patologías ocasionadas».

Resolución del INSS

Según indican, recientemente, la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Bizkaia ha emitido una resolución «por la que estima que el periodo de baja, iniciado a finales de 2023 y con diagnóstico de ansiedad, de un trabajador de la empresa Laser Norte SA, se corresponde con un accidente de trabajo, habiéndose referido en el escrito remitido por el gabinete de salud laboral de CCOO al propio INSS la presión psicológica ejercida sobre el trabajador por quien en aquel momento era gerente de la empresa».

Tal y como han subrayado desde el sindicato, el informe de la Inspección de Trabajo de Bizkaia «establece que esta última persona reconoció ante la inspectora actuante que sus formas pueden no ser las apropiadas en determinados momentos».

Resolución judicial en Eibar

Por otro lado, la segunda resolución ha llegado desde el Juzgado de lo Social único de Eibar, que ha emitido una sentencia que establece que «el periodo de baja sufrido por una trabajadora de Limpiezas Impacto SL, con diagnóstico de ansiedad, es un accidente de trabajo y no una enfermedad común, por derivarse de agresiones verbales y amenazas de otra compañera».

El juzgado concluye que, «pese a que la empresa rellenó de forma correcta el parte de asistencia para Mutua Universal, refiriendo este hecho, la mutua derivó el caso al sistema público de salud, generando así el ocultamiento del origen profesional».

Además, CCOO destaca que «la sentencia considera compatible el episodio de insultos y amenazas en tiempo y lugar de trabajo con el diagnóstico de salud de la trabajadora, estableciendo de forma textual que, por ello, sufrió un ataque de pánico, nerviosismo y ansiedad, que provocó que el encargado tuviese que llevarla a urgencias».

Ríos ha recordado que el documento ‘Trabajo y salud mental: hoja de ruta para las administraciones sanitarias en España’, editado por el Ministerio de Sanidad, ratifica esta realidad. «La infradeclaración de las patologías como profesionales, a través del ocultamiento como enfermedades comunes, en este caso las relacionadas con la salud mental, es uno de los mayores problemas, puesto que resta potencial preventivo ante las malas condiciones de trabajo», asegura el sindicato.