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El TSJPV suspende cautelarmente la desanexión de Igeldo

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha suspendido cautelarmente y hasta exista una sentencia firme el decreto de la Diputación de Gipuzkoa que proclamó la desanexión del Igeldo de Donostia y lo convirtió en el municipio número 89 de este territorio.

Vecinos de Igeldo colgaron una pancarta felicitándose de la decisión de la Diputación. (Jagoba MANTEROLA/ARGAZKI PRESS)

Un día después de que la Diputación de Gipuzkoa anunciara que el próximo 18 de febrero se constituiría la gestora que gobernará Igeldo hasta las elecciones de 2015, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV ha emitido un auto en el que estima la petición del Ayuntamiento de Donostia de suspender de forma cautelar el decreto foral que declaró a Igeldo municipio independiente en tanto se pronuncia sobre el recurso interpuesto contra esa decisión.

En su auto, el alto tribunal entiende que «no concurre» en la ejecución del decreto foral «un interés tan intenso que no pueda esperar» a que la Sala de Contencioso Administrativo se pronuncie sobre «la validez» del decreto con el que el pasado 17 de diciembre se proclamó la independencia de Igeldo.

La paralización del proceso fue demandada por el Ayuntamiento de Donostia mediante los votos de PSE, PP y PNV, y se mantendrá hasta que se dicte sentencia firme que ponga fin al proceso judicial. En el auto se apunta que, al margen de otras consideraciones, «no puede negarse» que el municipio de Donostia «se va a ver afectado necesariamente por la constitución del municipio de Igeldo».

En primer lugar, tendrá que «readaptar toda su organización y funcionalidad» a la desanexión de parte de su territorio y población, y en el supuesto de una sentencia final que rechazara la creación del nuevo pueblo, sería el mismo municipio de Donostia «el que tendría que activamente reabsorber el núcleo de Igeldo ya para entonces creado en la práctica, dando una nueva forma y estructura a sus elementos personales, orgánicos, ordenadores y presupuestarios».

El TSJPV considera que aguardar a que se produzca una sentencia firme es la «mejor opción para evitar o minimizar esos impactos negativos de doble recorrido».Además, recuerda que en 2010 la propia Diputación, gobarnada por el PNV, desestimó la segregación de Igeldo mediante un Decreto Foral ahora revocado por el Ejecutivo de Bildu, y estima que todo el procedimiento está sumido «en una especial nebulosa e incertidumbre jurídico-administrativa que recomienda a los órganos jurisdiccionales la mayor de las cautelas».

Esta resolución puede ser impugnada ante la misma sala mediante un recurso de reposición en el plazo de cinco días.