Iraia OIARZABAL
DONOSTIA

Acceder a un empleo normal, todo un reto para las personas discapacitadas

La Ley de Integración Social del Minusválido establece que las empresas con más de 50 trajabadores deben tener en la plantilla un 2% de personas con discapacidad, un mínimo que la mayoría no cumple. Lograr un empleo ordinario es una apuesta difícil para este colectivo.

Acceder a un empleo ordinario en una empresa pública o privada no es una tarea fácil hoy en día, tal y como demuestran los niveles de desempleo. Un reto que cobra mayor dificultad en el caso de las personas discapacitadas, según explica a GARA Nagore Gutiérrez, una joven gasteiztarra con discapacidad e implicada desde 2011 en la lucha para que se respete el derecho de este colectivo al trabajo.

Desde que terminara su formación en el ámbito de la administración, ha tocado muchas puertas para lograr un empleo pero todos los intentos han sido fallidos. Afirma que la gran mayoría de las empresas incumple la Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI), creada hace más de treinta años, que establece que las empresas con una plantilla de más de 50 trabajadores debe tener entre sus contratados a un 2% de personas con discapacidad. Una teoría que, a su juicio, tanto instituciones como compañías privadas conocen muy bien, pero que a la hora de la verdad no llevan a la práctica.

En este sentido, denuncia la falta de implicación de las instituciones públicas a la hora de garantizar la contratación de personas con discapacidad. Una cuestión sobre la que destaca que hay falta de información y concienciación. «Las empresas desconocen los beneficios de contratar a personas discapacitadas», apunta y explica que a partir del 33% de discapacidad los empresarios reciben ayudas por la contratación en forma de subvenciones o bonificaciones en la Seguridad Social.

El incumplimiento de este nivel mínimo de contratación de personas discapacitadas conlleva unas multas que pueden ascender hasta los 6.000 euros por persona no contratada o por falta de medias alternativas.

Estas sanciones fueron establecidas ante el incumplimiento del 2% y se plantea que las compañías que no cumplan con ese ratio podrán aplicar una serie de medidas alternativas, como la compra de bienes a un Centro Especial de Empleo o a un autónomo con discapacidad, la formalización de un contrato civil o mercantil con un Centro Especial de Empleo o con un trabajador autónomo discapacitado, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa, la donación o acción de patrocinio o la creación de Centros Especiales de Trabajo.

Empleo integrador

Sobre los Centros Especiales de Empleo, que son la principal fuente de trabajo para las personas discapacitadas, Gutiérrez subraya la labor que desempeñan y entiende que deben existir, sobre todo, para aquellas personas que por su grado de discapacidad no puedan desempeñar una labor en una empresa ordinaria. No obstante, remarca que «no son la solución para la integración laboral, porque no ayudan a la contratación en la empresa ordinaria».

Precisamente, defiende que la integración laboral de este colectivo requiere de políticas activas, sin limitarse a la LISMI que, según denuncia, además de no cumplirse es insuficiente. «Somos personas válidas y tenemos capacidad para trabajar, pero quedan muchas barreras por romper», sostiene.