Ainara LERTXUNDI
Proceso de diálogo entre las FARC y el Gobierno colombiano

UNA JUSTICIA NO PUNITIVA QUE BUSCA LA VERDAD Y LA REPARACIÓN

La creación de una Jurisdicción Especial para la Paz es una de las cinco medidas que componen el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición presentado por las FARC y el Gobierno. Una justicia que busca reparar aportando verdades plenas.

El componente de justicia del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición acordado entre las FARC-EP y el Gobierno colombiano (al que las partes también se refieren por sus siglas, el SIVJRNR) busca «satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia, ofrecer verdad a la sociedad, proteger los derechos de las víctimas, contribuir al logro de una paz estable y duradera y adoptar decisiones que otorguen plena seguridad jurídica a quienes participaron de manera directa o indirecta en el conflicto armado».

Para ello se creará una Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), a la cual se podrán acoger todos aquellos actores del conflicto que aporten «la verdad plena», es decir, quienes –«cuando se disponga de los elementos para ello»– relaten «de manera exhaustiva y detallada las conductas cometidas y las circunstancias de su comisión, así como las informaciones necesarias y suficientes para atribuir responsabilidades» y se comprometan con la no repetición.

Tipología de las sanciones

Las sanciones tendrán «la mayor función restaurativa y reparadora». Quienes ante la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad prevista dentro de la Jurisdicción Especial para la Paz asuman la verdad y responsabilidad respecto a «determinadas infracciones muy graves» recibirán una sanción mínima de cinco años, y máxima de ocho años, que comprenderá «restricciones efectivas de libertades y derechos, pero que en ningún caso se entenderán como cárcel o prisión ni adopción de medidas de aseguramiento equivalentes». ¿En qué consistirá dicha «restricción efectiva de la libertad» y en qué lugares se ejecutarán las sanciones? El documento presentado en La Habana no especifica cuáles serán esos espacios, pero liga la restricción de movimientos a la aplicación de «mecanismos idóneos de monitoreo y a un régimen de vigilancia que garantice la integridad física de los sancionados» y permite el desplazamiento de los sancionados para que puedan cumplir con las medidas de reparación. Por ejemplo, participar en la descontaminación del territorio o en la reconstrucción de la infraestructura dañada.

Quienes comparezcan voluntariamente ante esta Sala podrán presentar un proyecto detallado, individual o colectivo, de ejecución de trabajos, obras o actividades «reparadoras y restaurativas».

En las zonas rurales y urbanas, las sanciones podrán materializarse a través de la participación en «programas de reparación efectiva de los campesinos desplazados; de protección del medioambiente en zonas de reserva; de construcción y reparación de infraestructuras –escuelas, carreteras, centros de salud, viviendas...–; de desarrollo rural; de eliminación de residuos en las zonas necesitadas; de electrificación y conectividad en comunicaciones en las zonas agrícolas; de sustitución de cultivos de uso ilícito; de mejora de las infraestructuras viales para la comercialización de productos agrícolas de zonas de sustitución de cultivos de uso ilícito; reparación de vías públicas, redes y sistemas de saneamiento...».

Para quienes reconozcan la verdad ante la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal para la Paz antes de dictarse sentencia, se prevé una pena privativa de la libertad de 5 a 8 años para conductas tipificadas como «muy graves», pero con carácter «retributivo».

Si el reconocimiento de verdad y responsabilidad es «exhaustivo, completo y detallado», el Tribunal valorará «las razones» por las cuales no concurrió «oportunamente» a la Sala de Reconocimiento. «En caso de considerar plenamente justificada dicha omisión, será motivo para graduar la sanción a imponer», añade el texto.

Para tener derecho a esta pena alternativa, el destinatario deberá «comprometerse a contribuir con su resocialización a través del trabajo, capacitación o estudio durante el tiempo que permanezca privado de libertad y en su caso promover actividades orientadas a la no repetición».

Por último, a quienes no reconozcan su participación en el conflicto en ninguna de las etapas procesales previstas en la Jurisdicción Especial para la Paz y sean condenados, se les aplicará el Código Penal ordinario y la privación «efectiva de libertad no será inferior a 15 años ni superior a 20 años en caso de graves infracciones o violaciones».

Amnistía, la «más amplia posible»

El acuerdo prevé, en aplicación del artículo 6.5 del Protocolo II de los Convenios de Ginebra, la concesión de una amnistía «lo más amplia posible» para las personas que hayan «tomado parte en el conflicto o que se encuentren privadas de libertad, internadas o detenidas por motivos relacionados con el conflicto». Se amnistiarán o indultarán «los delitos políticos o conexos cometidos en el desarrollo de la rebelión por las personas que formen parte de los grupos rebeldes con cuales se firme un acuerdo de paz», como por ejemplo, «la rebelión, la sedición, la asonada, el porte ilegal de armas, las muertes en combate compatibles con el Derecho Internacional Humanitario, el concierto para delinquir con fines de rebelión, la aprehensión de combatientes efectuada en operaciones militares, así como las conductas dirigidas a facilitar, apoyar, financiar u ocultar el desarrollo de la rebelión». Los delitos de lesa humanidad, el genocidio, los graves crímenes de guerra, la toma de rehenes, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, la violencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado y el reclutamiento de menores quedarán fuera de la amnistía.

Responsabilidad de los mandos

En cuanto a la responsabilidad de los mandos de las FARC-EP por los actos de los guerrilleros, ésta deberá quedar acreditada «en el control efectivo de la respectiva conducta, en el conocimiento basado en la información a su disposición antes, durante y después de la realización de la conducta, así como en los medios a su alcance para prevenirla». El acuerdo establece que «la responsabilidad del mando no podrá fundarse exclusivamente en el rango o jerarquía».

La imposición de cualquier sanción «no inhabilitará» para la participación política ni limitará el ejercicio de ningún derecho, activo o pasivo, de participación política.

Tratamiento diferenciado

Si bien los agentes del Estado también están sujetos a la Jurisdicción Especial para la Paz, su aplicación ser hará de «forma diferenciada, otorgando un tratamiento equitativo, equilibrado, simultáneo y simétrico, que tendrá en cuenta la calidad de garante de derechos del Estado y la presunción de que el Estado ejerce de manera legítima el monopolio de las armas».

El ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas, adelantó que hoy mismo el presidente, Juan Manuel Santos, dará a conocer el tratamiento «diferenciado» que recibirán los militares. «Es un documento donde se establecerán los lineamientos de esa jurisdicción que se aplicará a los militares. Es un mismo sistema con tratamiento distinto que permite que aquellos miembros de la Fuerza Pública que son condenados puedan pedir revisión de su caso como participantes del conflicto y no como ciudadanos que quebrantaron derechos humanos», explicó en declaraciones a un medio colombiano.

Retorno con garantías de seguridad

En cuanto al regreso de los exiliados y refugiados, el Gobierno se compromete a impulsar «condiciones para facilitar su vuelta a Colombia y la construcción de su proyecto de vida, incluyendo condiciones dignas de acogida priorizando su reubicación en los lugares desde donde tuvieron que partir». Será un retorno «acompañado y asistido».

Entrega de 29 cuerpos, primer gesto del acuerdo de Búsqueda

En el marco de las medidas inmediatas acordadas por las FARC-EP y el Gobierno para la búsqueda de desaparecidos y agilizar las identificaciones de los cuerpos enterrados como «Ningún Nombre» en cementerios y fosas comunes, el jueves, el Alto Comisionado para la Paz y negociador del Gobierno, Sergio Jaramillo, junto a la directora de la Unidad de Víctimas, Paula Gaviria, participaron en la entrega en Villavicencio de 29 cadáveres que habían sido enterrados en condición de no identificados en cementerios de los Llanos Orientales. En la ceremonia participaron además de los familiares directos, 77 familias más, entre ellas algunas que ya recibieron los restos de sus allegados entre 2013 y 2015 y otras que están a la espera de que finalice el proceso de identificación. Aunque fuentes cercanas del proceso de diálogo no precisaron si estos 29 cadáveres corresponden o no a guerrilleros, en círculos periodísticos colombianos se comentaba la posibilidad de que, dada la ubicación de su enterramiento y testimonios, fueran muertos en combate.A. LERTXUNDI