Ordenan investigar conjuntamente los dos vertidos de la incineradora
La Audiencia de Gipuzkoa ha ordenado acumular en una única investigación las diligencias que se instruyen sobre los vertidos que tuvieron lugar en la regata de Arkaitzerreka en mayo de 2020 y julio de 2022, en ambos casos procedentes de la incineradora de Zubieta, tal y como reclamaban la asociación GuraSOS y la Fiscalía.

La Audiencia de Gipuzkoa ha resuelto que hay una «necesaria conexidad» entre los vertidos contaminantes que se produjeron en mayo de 2020 y julio de 2022 a la regata de Arkaitzerreka desde la incineradora de Zubieta, por lo que ha ordenado que las diligencias que se instruyen en dos juzgados distintos se acumulen en una única única investigación, tal y como reclamaban la Fiscalía y GuraSOS.
De esta manera ha resuelto la cuestión de competencia que mantenían los juzgados de Instrucción 4 y 5 de Donostia, en relación con el vertido que se produjo en julio de 2022, tras la denuncia interpuesta por la Fiscalía de Medio Ambiente.
El Juzgado número 5, que instruía previamente las diligencias por el vertido de amoniaco de 2020 -por el que están imputados el director de GHK y responsables de cuatro empresas-, rechazó acumular la nueva denuncia con las diligencias anteriores, y se inhibió en favor del número 4, que estaba de guardia en la fecha de los hechos.
Alegaba el tribunal que los vertidos de 2022 serían responsabilidad de terceros, ajenos a las empresas encargadas de la puesta en marcha de la incineradora, que a su juicio no están actualmente vinculadas con su gestión, que se trataba de hechos nuevos y personas diferentes sin que existiera nexo causal ni temporal y que solo coincidía el espacio físico de los vertidos.
Sin embargo, el Juzgado número 4 rehusó dicha inhibición, al entender que las diligencias se debían enmarcar «en el mismo contexto de la actividad de la Planta de Valoración Energética de Residuos (PVE) y la Planta de Tratamiento Mecánico Biológico (TMB), del denominado Complejo Mediomabiental de Gipuzkoa Fase I, por tratarse de sucesivos vertidos que se producen de la misma en distintas fechas [...], entendiendo que no se trata de un vertido nuevo y aislado, sino que se trata de delitos conexos».
En un auto fechado el 17 de abril, la Audiencia establece ahora que compete al Juzgado número 5 la investigación de los vertidos en un único procedimiento, al entender que «el planteamiento de la Fiscalía y de la Asociación GuraSOS, concordante con la posición del Juzgado de Instrucción número 4, es el punto de vista más correcto».
Su resolución se sustenta en los análisis, inspecciones y atestado llevadas a cabo por el Seprona a instancias de la Fiscalía para determinar el origen de los vertidos contaminantes, y concluye que «no nos encontraríamos tanto con una actividad independiente del propio funcionamiento de la incineradora y realizada al margen de la misma por empresas ajenas a dicha actividad, sino que en todo momento se está refiriendo a vertidos similares a los ocurridos en el año 2020». El auto es firme y no cabe recurso en contra.

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