La AN absuelve a Iratxe Sorzabal y reconoce «tratos inhumanos»
La Audiencia Nacional española ha reconocido por primera vez que la autoinculpación de Iratxe Sorzabal durante su detención en 2001 por la Guardia Civil fue debida a la tortura. «Existe evidencia de que fue sometida a la aplicación de electrodos», señala.

La Sección Segunda de la Sala Penal de la Audiencia Nacional española absolvió ayer a Iratxe Sorzabal de la colocación de un artefacto en Irun en 1995, reconociendo que «la acusada fue sometida a tratos inhumanos durante su detención, en marzo de 2001», cuando fue arrestada por la Guardia Civil.
El tribunal sostiene que el manuscrito escrito posteriormente en el que reconocía la autoría de los hechos es «nulo de pleno derecho al haberse obtenido mediante la violación de los derechos fundamentales de la acusada pues es consecuencia de malos tratos (aplicación de electrodos) que sufrió durante su detención y que tenían por objeto que la misma prestase declaración en los términos que se le indicaban, sin que exista ninguna otra prueba de cargo destructora de la presunción de inocencia que le favorece».
El fallo remarca que Sorzabal no ratificó en sede judicial su autoinculpación, donde se limitó a declarar que la misma se había producido bajo tortura. Recuerda que no fue hasta que se encontró el citado manuscrito con la confesión, que el informe policial califica como «la kantada más prolija y detallada», cuando se reabrió la causa y se procesó a la acusada.
«Pero ello no empece a que el manuscrito, elaborado unos días después de la detención, no esté viciado de la misma nulidad que la propia declaración, aunque lo sea de forma indirecta, por cuanto de no haberse producido la declaración tampoco se habría dado la citada misiva», concluye.
RELATO DE TORTURA
Sorzabal, que actualmente se encuentra en la prisión de Zaballa, tuvo que sentarse de nuevo en un banquillo de la la Audiencia Nacional el pasado febrero con una petición fiscal de 12 años de cárcel. Y la tortura a manos de la Guardia Civil en 2001 fue el elemento central de la cuestión. «Yo ahí no tenía derechos. Desde el registro hasta Madrid la Guardia Civil me lo dejó muy claro, con el primer golpe. ‘Aquí se han acabado los jueces y los derechos, hija de puta’», relató, aún muy afectada al recordar el periodo de incomunicación.
«Los guardias civiles eran todos hombres. Yo para ellos no era ni persona ni militante, yo para ellos era una ‘puta zorra’ y ya está. Mientras me ponían la capucha y los electrodos en el coche, además entre todos me sobaban. Y en Madrid me desnudaron toda», explicó entonces Sorzabal entre sollozos.
El forense Benito Morentín (Instituto Vasco de Medicina Legal) detalló durante el juicio los elementos en que basó su informe, desde los aportados por el Hospital San Carlos de Madrid a los derivados de Osakidetza, así como una entrevista personal en prisión en la que aplicó el Protocolo de Estambul.
Morentin relató que en el San Carlos, donde Sorzabal fue atendida durante la detención incomunicada, se detectaron cefalea, patología cervical traumática y lesiones en la piel por las que se le realizó una biopsia. Los resultados eran compatibles con su denuncia de que se le aplicaron electrodos: «Más que compatibles aún, esas marcas son características, es un nivel de certeza de rango superior».
Este informe lleva al Tribunal a «la conclusión de que la acusada, Iratxe Sorzabal, en el transcurso de su detención, fue sometida a tratos inhumanos», remarcando la «concordancia entre las evidencias físicas y psicológicas con las alegaciones de tortura», la patología cervical diagnosticada, las lesiones dérmicas características de lesiones por electricidad y el trastorno de estrés postraumático.
«Existe, por lo tanto, la evidencia más allá de cualquier duda de que, durante su detención, Iratxe Sorzabal fue sometida a la aplicación de electrodos por parte de aquellos funcionarios que la custodiaban a fin de obligarle a declarar, lo que supone una evidente vulneración de sus derechos fundamentales», añade la sentencia. La doctrina establecida por el Tribunal Supremo deja «sin efecto las pruebas obtenidas directa o indirectamente violentando los derechos o libertades fundamentales».
LOS DOS JUICIOS ANTERIORIES
Tanto el testimonio de Sorzabal como el informe pericial sobre la tortura han sido trasladados en términos muy similares a los tribunales de la Audiencia Nacional en dos juicios anteriores, sin que se hubieran tenido en cuenta.
Así, en un primer juicio en Madrid en 2022 fue condenada a 24 años de cárcel por un atentado en Gijón, y la sala despachó entonces su denuncia afirmando que «no ha quedado plenamente acreditada la tortura».
Más recientemente, en otra vista en la Audiencia Nacional por un explosivo en Alacant, Sorzabal volvió a detallar lo ocurrido en los calabozos en 2001, pero en esta ocasión ni siquiera se citó su denuncia en la sentencia. La presa vasca ha quedado absuelta de esta acusación por falta de pruebas, pero sin alusión alguna a lo referido en la sala.
En este juicio, el abogado de Sorzabal, Aiert Larrarte, manifestó que «no es habitual tener hallazgos físicos de tortura. Aquí están en los próximos informes de los forenses de la Audiencia Nacional, del hospital Carlos III...». Ahora, 24 años después y en el tercer juicio en su contra, han sido finalmente atendidos.

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