I.B.

La juez Benito cree que hay «indicios racionales de criminalidad» contra Polo

Existen indicios bastantes para considerar que el exconcejal de Seguridad Ciudadana de Iruñea Ignacio Polo pudo incurrir en un delito contra la seguridad vial cuando condujo su vehículo y chocó contra otro el pasado mes abril. Así lo cree la juez instructora María Paz Benito.

María Paz Benito, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Iruñea, cree que existen «indicios racionales de criminalidad» contra el exconcejal del Ayuntamiento de Iruñea Ignacio Polo, sobre quien considera que «pudo incurrir en un presunto delito contra la seguridad vial del artículo 379 del Código Penal», de modo que ha decidido la continuación del procedimiento judicial abierto en su contra. En una resolución a la que ha tenido acceso GARA, datada el pasado miércoles y en la que da por concluida la investigación de la causa, la jueza emplaza al Ministerio Fiscal y las acusaciones personadas a que en diez días soliciten la apertura del juicio oral y formulen escrito de acusación o pidan el sobreseimiento de la causa.

En el auto, de tres folios, Benito analiza los hechos ocurridos el 20 de abril, cuando el vehículo que conducía quien entonces ostentaba la concejalía de Seguridad Ciudadana colisionó con otro coche estacionado al dar marcha atrás en las inmediaciones de la plaza de toros. A este respecto, señala que en la etilometría practicada a las 19.18 horas, el edil arrojó una tasa de 0,75 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, y que posteriormente, a las 19.40, se sometió a una segunda prueba con un resultado de 0,64.

A este respecto, y tras recordar que según el Código Penal «en todo caso será condenado» quien condujera con una tasa de alcohol en aire superior a 0,60 mg/litro, llama la atención sobre las «evidentes contradicciones» existentes en las versiones que dieron los agentes que intervinieron en la calle y los que se hallaban en dependencias policiales, pertenecientes al Grupo de Atestados. Estos, además de sostener que el concejal no presentaba síntomas de embriaguez en dependencias policiales, frente a la versión que expusieron sus compañeros, no hicieron atestado argumentando que los hechos en cuestión eran constitutivos únicamente de una infracción administrativa. Una apreciación que la jueza echa por tierra en este auto, donde, del mismo modo, tampoco sale bien parada la cúpula de la Policía Municipal, más que remisa a actuar contra Polo.

Benito cita los hechos objetivos -la tasa de alcohol y la colisión que provocó la intervención policial- como elementos suficientes para considerar que el edil tenía las facultades mermadas por la ingesta de alcohol.