
El Tribunal Constitucional ha declarado por unanimidad la inconstitucionalidad de la amnistía fiscal aprobada por el gobierno del PP en marzo de 2012, aunque la decisión no tiene efecto sobre los expedientes de aquellos contribuyentes que se acogieron a dicha medida y regularizaron su situación con Hacienda debido al principio de seguridad jurídica.
En la sentencia, el TC estima el recurso de inconstitucionalidad presentado por más de 50 diputados del PSOE en el Congreso contra la regularización fiscal promovida por el ministro Cristóbal Montoro para aflorar rentas ocultas. Los diputados alegaban que la amnistía fiscal favorece a los defraudadores al permitirles regularizar su situación fiscal con un pago del 10% del valor de los bienes aflorados (para rentas superiores a 100.000 euros), mientras que los contribuyentes cumplidores pagan el 43%.
El fallo del TC declara inconstitucional y anula la disposición adicional primera del Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, que recoge la posibilidad de declarar dinero oculto con la única tributación del 10%, sin que se impongan sanciones, intereses ni recargos.
Según el alto tribunal, la medida vulnera el artículo 86.1 de la Constitución, que prohíbe el uso del decreto-ley cuando las medidas aprobadas afecten «de forma relevante o sustancial» a los deberes consagrados en el Título I de la Constitución, como es el caso del «deber constitucional de ‘todos’ de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos».
«Abdicación del Estado»
La sentencia advierte de que la adopción de medidas que, «en lugar de servir a la lucha contra el fraude fiscal, se aprovechan del mismo so pretexto de la obtención de unos ingresos que se consideran imprescindibles ante un escenario de grave crisis económica, supone la abdicación del Estado ante su obligación de hacer efectivo el deber de todos de concurrir al sostenimiento de los gastos públicos».
De esta forma, considera que se legitima «como una opción válida la conducta de quienes, de forma insolidaria, incumplieron su deber de tributar de acuerdo con su capacidad económica, colocándolos finalmente en una situación más favorable que la de aquellos que cumplieron voluntariamente y en plazo su obligación de contribuir».
El TC concluye que la amnistía fiscal ha tenido tres «importantes efectos»: permitió la regularización de las rentas previamente ocultadas «a un tipo reducido»; eximió a los contribuyentes que se acogieron a la regularización de «la imposición de intereses de demora, de recargos por ingresos extemporáneos y de sanciones, administrativas o penales, por el incumplimiento de los deberes formales y materiales derivados del nacimiento de la obligación tributaria»; y, por último, convirtió las cantidades por las que se tributó en la regulación «en renta declarada a todos los efectos».
Bárcenas, Rato, Pujol, Granados...
A la regularización fiscal se acogieron personalidades públicas investigadas en los tribunales como varios miembros la familia Pujol, el extesorero del PP Luis Bárcenas, el exsecretario general del PP en Madrid Francisco Granados y su exsocio David Marjaliza –ambos imputados en el caso Púnica y encarcelados–, y el exvicepresidente del Gobierno español Rodrigo Rato, entre otros.
En su día Hacienda cifró en 30.000 los contribuyentes que se acogieron a la amnistía fiscal. El exministro de Hacienda Cristóbal Montoro admitió que los defraudadores pagaron menos de lo previsto.
Hacienda «analiza» la sentencia
El secretario de Estado de Hacienda, José Enrique Fernández de Moya, ha señalado que el Ministerio de Hacienda «está analizando» la sentencia del TC, al ser preguntado por el diputado del PSOE Juan María Vázquez.

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