Joseba SALBADOR DONOSTIA
Recentralización del Estado español

El TC español saca toda su artillería contra la autonomía económica vasca

En un plazo de solo 72 horas, el Tribunal Constitucional español ha echado por tierra tres resoluciones de carácter fiscal y económico adoptadas por las cámaras legislativas vascas. El lunes lo hizo con la ley que regula las Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV) de la CAV, con el objetivo de equipararla a la del Estado e impedir que se pueda recuperar el dinero antes de jubilarse. Después declaró la nulidad de la ley navarra que autorizaba la apertura de un nuevo proceso de funcionarización y ayer lo hizo con la ley foral que grava la producción de energía eléctrica.

En su sentencia contra la Ley Foral de Energía Eléctrica, aprobada por unanimidad en diciembre de 2012, el Constitucional español admite que Nafarroa puede «mantener, establecer y regular su propio régimen tributario», aunque subraya que la posibilidad de establecer impuestos de nueva creación distintos a los del Estado deberá siempre «respetar» los criterios de armonización recogidos en el Convenio Económico.

Por ello, sostiene que la ley navarra, que grava la realización de actividades de producción de energía eléctrica, «invade la esfera competencial estatal» y «colisiona frontalmente» con el precepto que establece que la Comunidad foral «debe coordinar sus competencias tributarias con las del Estado».

La sentencia avala así el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno español, en el que el Abogado del Estado argumentaba que el Parlamento navarro «adoptó unilateralmente» la regulación de un tributo estatal que no forma parte de las competencias de esta comunidad, si bien reconocía que el impuesto es «idéntico» al previsto por el Estado, reduciéndose las diferencias a las exenciones para los productores fotovoltaicos, no previstas en la norma estatal.

En sus alegaciones, el Parlamento navarro negó que se hubiese arrogado «la disposición unilateral de un impuesto estatal», sino que se limitó a «crear un tributo nuevo en el ejercicio de las competencias que le atribuye el Convenio Económico».

Tras conocer la resolución del TC, EH Bildu emitió un comunicado en que denuncia que esta sentencia «deja sin efecto los escasos restos de soberanía fiscal y económica de Nafarroa» y equipara a esta comunidad «con el resto de territorios del régimen común», un hecho que, a su juicio, «dinamita la relación de bilateralidad entre Nafarroa y el Estado».

Por ello, reclama a la presidenta Barcina que «deje en suspenso» de forma inmediata las relaciones con el Estado, así como las aportaciones económicas que realiza este territorio.

Acceso a funcionario

La segunda sentencia del TC contra resoluciones navarras se refiere a la Ley Foral de Funcionarización de 2013, aprobada pese a la oposición de UPN y PP, y que autorizaba la apertura de un nuevo proceso para el acceso a funcionario de la administración pública. El tribunal la declara nula al considerar que el procedimiento establecido «ignora los principios constitucionales de mérito y capacidad».

El sindicato ELA, que ayer denunció que fue el Gobierno de Nafarroa el que «instigó» el recurso interpuesto por el Gobierno español, calificó de «falso» el argumento del tribunal, ya que a la ley «solo podía acogerse personal laboral que hubiera superado una oposición». En cualquier caso, alertó de que «la situación de centenares de contratados laborales queda en la más absoluta incertidumbre», ya que «corren peligro de ser despedidos»

La sentencia hace también referencia a las competencias navarras y señala que el régimen de acceso a la Administración previsto en el Estatuto del Empleado Público es «formalmente básico», por lo que debe ser aplicado en este territorio.

A juicio de ELA, ello constituye «otro ataque a las competencias propias de Nafarroa, reconocidas en la propia sentencia».

La ley que regula las EPSV de la CAV tuvo el respaldo del PP

La tercera sentencia del Tribunal Constitucional contra resoluciones adoptadas en las cámaras legislativas vascas hace referencia a la ley que regula las Entidades de Previsión Social Voluntaria de la CAV, que fue aprobada en febrero de 2012 por unanimidad, con el apoyo del PP.

Al igual que las leyes anuladas en Nafarroa, en el caso de las EPSV la sentencia tiene también su origen en un recurso del Gobierno español, que consideró que la ley vasca invadía competencias del Estado, al diseñar un modelo «que se separa del que diseña la legislación de seguros y la mercantil sobre planes de pensiones».

El TC admite ahora el recurso y anula párrafos de ocho artículos, con el fin de equiparar la ley autonómica a la del Estado, donde no es posible recuperar las cantidades aportadas a la EPSV antes de la jubilación, mientras en la CAV se permite recuperar el dinero a los diez años.

El sindicato ELA denunció ayer este «nuevo golpe» del Constitucional a la autonomía del Parlamento y criticó que el Gobierno de Urkullu confíe al TC la resolución de sus diferencias con Madrid, en lugar de «confrontar políticamente». Asimismo, emplazó a Lakua a abrir un proceso de debate sobre el modelo de EPSV. J.S.