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Madrid

El TC rechaza por unanimidad la recusación de Otegi al magistrado Antonio Narváez

El Tribunal Constitucional ha rechazado por unanimidad el incidente de recusación presentado por la defensa de Arnaldo Otegi contra el magistrado Antonio Narváez al considerar que no es imparcial al haber sido el encargado, cuando era fiscal del Tribunal Supremo, de presentar la demanda para pedir que no se inscribiera a Sortu como partido político.

Manifestación en Elgoibar para pedir la puesta en llibertad de los condenados en el ‘caso Bateragune’. (ARGAZKI PRESS)
Manifestación en Elgoibar para pedir la puesta en llibertad de los condenados en el ‘caso Bateragune’. (ARGAZKI PRESS)

La defensa de Arnaldo Otegi y Arkaitz Rodríguez presentó el pasado día 14 de julio un incidente de recusación del magistrado Antonio Narváez Rodríguez, al entender que concurría en el mismo «contaminación y merma de imparcialidad» para que participe en la resolución del recurso de amparo que presentaron contra la sentencia del Tribunal Supremo que les condenó por el ‘caso Bateragune’.

El Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad desestimar la recusación presentada por la defensa y ha argumentado que Narváez no está contaminado para debatir sobre el recurso de amparo, como alegó la defensa. Los magistrados sostienen que cuando Narváez era fiscal del Tribunal Supremo y defendió la «improcedencia» de constituir a Sortu como partido político en 2011 no llegó a valorar «los indicios» que luego se utilizaron para encarcelar a Otegi y al resto de procesados en el ‘caso Bateragune’.

«La creación del partido político Sortu y por tanto la relación que con el mismo hubiesen podido tener hipotéticamente los recusantes no fue tomada en consideración, sino expresamente excluida en el enjuiciamiento penal de los hechos de los que trae causa el presente proceso de amparo. Las sentencias recurridas ante el Constitucional no contienen declaración alguna sobre la pertenencia de Arnaldo Otegi y Arkaitz Rodríguez a la organización Bateragune», señalan.

Los jueces argumentan también que Narváez no actuó «a título propio sino en su calidad de fiscal». «En nuestro ordenamiento no es el fiscal individualmente considerado, sino el Ministerio Fiscal como institución, el que en cada caso promueve la acción de la justicia ante los tribunales, de forma que cuando un miembro del Ministerio Fiscal formula una petición procesal no está comprometiendo su particular criterio», afirman en su auto.

En su recusación, la defensa alegaba que Narváez, que hace pocas semanas tomó posesión como nuevo magistrado del Tribunal Constitucional, fue el fiscal del Supremo que en su día interpuso la demanda para que Sortu no se inscribiera en el registro de partidos políticos y que en aquella demanda hacía «mención expresa» a Arnaldo Otegi y a Bateragune.

Narváez fue también el impulsor de la demanda de ilegalización de EHAK.

El TC aplazó el pleno que tenía previsto celebrar hace dos semanas a la espera de que se incorporara Antonio Narváez, propuesto por el Gobierno español en sustitución de Enrique López, que tuvo que dimitir tras ser interceptado conduciendo ebrio.

Seguirá esta tarde con la deliberación del recurso de amparo

Según la agencia Efe, tras resolver el incidente de recusación, el Pleno del alto tribunal español seguirá esta tarde con la deliberación del recurso de amparo.